viernes, 30 de diciembre de 2016

SII - Datos a suministrar para las facturas expedidas

Con la aprobación del Real Decreto 596/2016 se ha dado el pistoletazo de salida al que ya podríamos considerar un nuevo sistema de llevanza de los libros de registro del IVA, a través de la Sede electrónica: el SII (Suministro Inmediato de Información), cuyos aspectos legales principales ya hemos tratado en el post "SII: Suministro Inmediato de Información en el IVA".

 CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas

Este nuevo sistema permitirá un intercambio de información entre el software utilizado por los contribuyentes, para el registro de sus facturas, y la AEAT, ya que permitirá tanto la remisión electrónica de las anotaciones registrales, como la modificación y la baja de las ya suministradas, e incluso la consulta de los registros previamente presentados, filtrada por el ejercicio y periodo.

Además, en el momento de la transmisión de datos a la AEAT, ésta enviará respuesta acerca de la adecuación o no de cada una de las anotaciones remitidas, pudiendo clasificarlas en correctas, parcialmente correctas o erróneas.

El suministro de información y sus posibles modificaciones o bajas se organiza en un esquema de datos con los siguientes bloques de información:

  • Cada transmisión incluirá una cabecera común con datos del titular de los libros de registro remitidos y, en caso de alta o modificación, el objeto o tipo de comunicación, seguido de uno o varios de los bloques siguientes.
  • Registros de facturas expedidas.
  • Cobros sobre facturas registradas en el Libro de registro de facturas expedidas.
  • Registros de facturas recibidas.
  • Pagos sobre facturas registradas en el Libro de registro de facturas recibidas.
  • Libro de registro de bienes de inversión.
  • Libro de registro de determinadas operaciones intracomunitarias.
  • Libro de registro de cobros en metálico.

En las próximas semanas trataremos, libro a libro (bloque a bloque), toda la información que el SII transmite a la AEAT, puesto que este sistema obliga a informar no solo los datos propios de los libros de registro, si no también información adicional de relevancia fiscal, que va a permitir eximir del cumplimiento de otras obligaciones formales (modelos 340 - 347 - 390).

Comenzaremos con el libro de registro de facturas expedidas:

Te invitamos a conocer nuestra solución cloud Portal SII, un servicio web que permite la fácil adaptación al nuevo sistema implantado por la Agencia Tributaria.

Ver vídeo: tutorial demostración del uso y manejo de la gestión del IVA con Portal SII



Descarga de las tablas en versión PDF                                                                                        
Cabecera
(contenidos actualizados a la versión 0.7)
Datos/ AgrupaciónDescripciónValores permitidos¿Es OBLIGATORIO?
Titular del libro - registro     NIF declaranteObligatorio
Nombre declaranteObligatorio
NIF representante legalEn principio es opcional; sin embargo téngase en cuenta que si el NIF del Titular del libro - registro es de un menor (empieza por K) este dato es obligatorio y debe ser distinto del NIF del titular
Operación     Tipo de comunicación. Este bloque no aparecerá en caso de baja
  • Alta
  • Modificación (Corrección de errores registrales)
  • Modificación Factura Régimen de Viajeros
Obligatorio
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                   
Detalle de datos a SUMINISTRAR para las facturas expedidas o MODIFICAR las transmitidas
Datos/ AgrupaciónDescripciónValores permitidos¿Es OBLIGATORIO?
Datos periodo     EjercicioEl Ejercicio deberá estar comprendido entre el año actual y cuatro años anterioresObligatorio
PeríodoSi el Ejercicio es el correspondiente al año actual, el periodo no podrá ser superior al periodo actualObligatorio
Identificación de la factura     NIF emisor de la facturaNIF asociado al emisor de la factura.
Debe ser el mismo que el NIF del Titular del libro - registro
Obligatorio.
Número y serieNúmero+Serie que identifica a la factura emitidaObligatorio
Número y serie de la última facturaNúmero+serie que identifica a la ultima factura cuando el Tipo de Factura es un "Asiento resumen de facturas"Obligatorio cuando el Tipo de Factura es un "Asiento resumen de facturas"
Fecha de expediciónLa fecha de expedición no podrá ser superior a la fecha en que se suministran los datos a la AEATObligatorio
Tipo de factura     Especificación del tipo de factura a dar de alta: factura normal, factura rectificativa, tickets, factura emitida en sustitución de facturas.
En parte recoge información que ya se declaraba en el modelo 340 pero la amplía (tema rectificativas)
  • F1 - Factura
  • F2 - Factura Simplificada (ticket)
  • F3 - Factura emitida en sustitución de facturas simplificadas facturadas y declaradas
  • F4 - Asiento resumen de facturas
  • F5 - Importaciones (DUA)
  • F6 - Justificantes contables
  • R1 - Factura Rectificativa (Error fundado en derecho y Art.80 Uno, Dos y Seis LIVA)
  • R2 - Factura Rectificativa (Art. 80.3)
  • R3 - Factura Rectificativa (Art. 80.4)
  • R4 - Factura Rectificativa (Resto)
  • R5 - Factura Rectificativa en facturas simplificadas
Obligatorio
Datos de la factura según su TIPO     FACTURA RECTIFICATIVA - Facturas rectificadas  
Tipo de factura rectificativa
  • S -Por sustitución
  • I -Por diferencias
Obligatorio cuando la clave de Tipo de factura sea "Factura rectificativa"
NúmeroNúmero+Serie que identifica a la factura emitidaOpcional y solo admitido cuando la clave de Tipo de factura sea "Factura rectificativa".
Las facturas rectificadas deben existir previamente en el sistema.
FechaFecha de expedición de la facturaOpcional y solo admitido cuando la clave de Tipo de factura sea "Factura rectificativa".
Las facturas rectificadas deben existir previamente en el sistema.
BaseBase imponible de la factura/facturas sustituidas Obligatorio cuando la clave de Tipo de factura sea "Factura rectificativa" y el Tipo de factura rectificativa sea "Por sustitución"
CuotaCuota repercutida de la factura/facturas sustituidaObligatorio cuando la clave de Tipo de factura sea "Factura rectificativa" y el Tipo de factura rectificativa sea "Por sustitución"
RecargoCuota recargo de equivalencia de la factura/facturas sustituidasObligatorio cuando la clave de Tipo de factura sea "Factura rectificativa" y el Tipo de factura rectificativa sea "Por sustitución"
EMITIDA EN SUSTITUCIÓN DE FACTURAS SIMPLIFICADAS FACTURADAS Y DECLARADA - Facturas agrupadas  
NúmeroNúmero+Serie que identifica a la factura emitidaOpcional cuando la clave de Tipo de factura sea "Emitida en sustitución de facturas simplificadas"
FechaFecha de expedición de la facturaOpcional cuando la clave de Tipo de factura sea "Emitida en sustitución de facturas simplificadas"
Fecha de la operación     Fecha en la que se ha realizado la operación siempre que sea diferente a la fecha de expediciónSi se incluye debe ser distinta de la fecha de expediciónOpcional
Régimen IVA / identificación operaciones con trascendencia tributaria     Clave que identificará el tipo de operación o el régimen especial con transcendencia tributaria
  • 01 - Operación de régimen general.
  • 02 - Exportación.
  • 03 - Operaciones a las que se aplique el régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
  • 04 - Régimen especial del oro de inversión.
  • 05 - Régimen especial de las agencias de viajes.
  • 06 - Régimen especial grupo de entidades en IVA (Nivel Avanzado)
  • 07 - Régimen especial del criterio de caja.
  • 08 - Operaciones sujetas al IPSI / IGIC (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación / Impuesto General Indirecto Canario).
  • 09 - Facturación de las prestaciones de servicios de agencias de viaje que actúan como mediadoras en nombre y por cuenta ajena (D.A.4ª RD1619/2012)
  • 10 - Cobros por cuenta de terceros de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad industrial, de autor u otros por cuenta de sus socios, asociados o colegiados efectuados por sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades que realicen estas funciones de cobro.
  • 11 - Operaciones de arrendamiento de local de negocio sujetas a retención
  • 12 - Operaciones de arrendamiento de local de negocio no sujetos a retención.
  • 13 - Operaciones de arrendamiento de local de negocio sujetas y no sujetas a retención.
  • 14 - Factura con IVA pendiente de devengo en certificaciones de obra cuyo destinatario sea una Administración Pública.
  • 15 - Factura con IVA pendiente de devengo en operaciones de tracto sucesivo.
  • 16 - Primer semestre 2017.
Es obligatoria la clave principal (la primera que se informa).
En caso de utilizar más de una clave pueden realizarse las siguientes posibles combinaciones:
  • Si la clave principal es la 07 (Régimen IVA criterio de caja) entonces podrá informar como claves adicionales:
    • 01
    • 03
    • 05
    • 09
    • 11
    • 12
    • 13
    • 14
    • 15
  • Si la clave principal es la 05 (Régimen IVA agencias de viajes) entonces podrá informar como claves adicionales:
    • 01
    • 11
    • 12
    • 13
  • Si la clave principal es la 11 (Operaciones de arrendamiento de local de negocio sujetas a retención) entonces podrá informar como claves adicionales:
    • 11
    • 12
    • 13
    • 14
    • 15
  • Si la clave principal es la 08 (Operaciones sujetas al IPSI / IGIC (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación / Impuesto General Indirecto Canario)) entonces podrá informar como claves adicionales:
    • 15
Datos de la factura según sú RÉGIMEN especial u OPERACIÓN con trascendencia tributaria     RÉGIMEN ESPECIAL GRUPO DE ENTIDADES EN IVA  
Base imponible al costeOpcional. Sólo se puede rellenar cuando la clave de Régimen IVA / identificación operaciones con trascendencia tributaria sea "Régimen especial grupo de entidades en IVA (Nivel Avanzado)"
OPERACIONES DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO  
Detalle inmueble: situación
  • 1. Inmueble con referencia catastral situado en cualquier punto del territorio español, excepto País Vasco y Navarra
  • 2. Inmueble con referencia catastral situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra
  • 3. Inmueble sin referencia catastral
  • 4. Inmueble situado en el extranjero
Obligatorio siempre y cuando la clave de Régimen IVA / identificación operaciones con trascendencia tributaria sea "Operaciones de arrendamiento de local de negocio no sujetos a retención"
Detalle inmueble: Referencia catastralObligatorio siempre y cuando la clave de Régimen IVA / identificación operaciones con trascendencia tributaria sea "Operaciones de arrendamiento de local de negocio no sujetos a retención"
Número de registro autorización     Número de registro obtenido al enviar la autorización en materia de facturación o de libro registroEl sujeto pasivo autorizado, antes del primer envío del registro de facturación correspondiente la autorización, deberá remitir copia de la misma en el apartado previsto para aportar documentación complementaria.
Importe total de la factura     Importe total de la facturaOpcional
Descripción de la operación     Descripción del objeto de la facturaEn 500 caracteresObligatorio
Importe percibido por transmisiones de inmuebles sujetas a IVA     Opcional
Factura emitida por tercero     Identificador que si aparece con la etiqueta S indica que la factura ha sido emitida por un terceroSí / NoOpcional
Varios destinatarios     Identificador que si aparece con la etiqueta S indica que la factura tiene varios destinatariosSí / NoOpcional
Cupón     Identificador que si aparece con la etiqueta S indica que la factura del tipo R1, R5 o F4 tiene minoración de la base imponible por la concesión de cupones, bonificaciones o descuentos cuando solo se expide el original de la factura.Sí / NoOpcional
Datos del cliente     CLIENTE IDENTIFICADO CON NIF ESPAÑA      
NombreObligatorio (opcional cuando el Tipo de Factura es una "Factura simplificada")
NIF del representanteOpcional
NIF del clienteObligatorio (opcional cuando el Tipo de Factura es una "Factura simplificada"). Si el cliente no tiene NIF, será obligatorios los tres apartados siguientes.
CLIENTE IDENTIFICADO CON CÓDIGO EXTRANJERO      
País del clienteObligatorio (opcional cuando el Tipo de Factura es una "Factura simplificada"). Cuando en el campo Clave para establecer el tipo de identificación en el país de residencia se informe con la clave "NIF-IVA" no será exigible el código país.
Clave para establecer el tipo de identificación en el país de residencia
  • 02 - NIF-IVA
  • 03 - Pasaporte
  • 04 - Documento oficial de identificación expedido por el pais o territorio de residencia
  • 05 - Certificado de residencia
  • 06 - Otro documento probatorio
  • 07 - No censado
Obligatorio (opcional cuando el Tipo de Factura es una "Factura simplificada")
Número de identificación en el país de residenciaObligatorio cuando el País del cliente no sea España
Desglose de la factura (diferenciando las prestaciones de servicios de las entregas de bienes)     SUJETA Y EXENTA  
Causa de la exenciónCampo que especifica la causa de la exención en los supuestos que aplique:
  • E1 - Exenta Art. 20
  • E2 - Exenta Art. 21
  • E3 - Exenta Art. 22
  • E4 - Exenta Art. 23 o 24
  • E5 - Exenta Art. 25
  • E6 - Exenta Otros
Opcional
Base imponibleImporte en euros correspondiente a la parte Sujeta / ExentaObligatorio
SUJETA Y NO EXENTA  
Tipo de no exenciónTipo de operación sujeta y no exenta para la diferenciación de inversión de sujeto pasivo:
  • S1 - No Exenta - Sin inversión sujeto pasivo
  • S2 - No Exenta - Con inversión sujeto pasivo
  • S3 - No Exenta - Sin y con inversión sujeto pasivo
Obligatorio
Tipo impositivoPorcentaje aplicado sobre la Base Imponible para calcular la cuotaObligatorio
Base imponibleMagnitud dineraria sobre la cual se aplica un determinado tipo impositivoObligatorio
Cuota repercutidaCuota resultante de aplicar a la base imponible un determinado tipo impositivoObligatorio
Tipo recargo de equivalenciaPorcentaje asociado en función del tipo de IVAOpcional. Nunca aparecerá cuando se detalle una prestación de servicios
Cuota recargo equivalenciaCuota resultante de aplicar a la base imponible el tipo de recargo de equivalenciaOpcional. Nunca aparecerá cuando se detalle una prestación de servicios
NO SUJETA  
Tipo de no sujeción
  • No sujeta – No sujeción Artículo 7, 14, Otros
  • No sujeta – Operaciones no sujetas en el TAI por reglas de localización
Obligatorio
Importe no sujetoImporte en euros correspondiente a la parte No sujetaObligatorio
                                                                     
Detalle de datos a suministrar para DAR DE BAJA las facturas previamente transmitidas
Datos/ AgrupaciónDescripción
Datos periodo     Ejercicio
Período
Identificación de la factura     NIF emisor de la factura
Número y serie
Número y serie de la última factura
Fecha de expedición

Ana Docabo Madriñán
Responsable Dpto. Fiscal

viernes, 23 de diciembre de 2016

SII: Suministro Inmediato de Información del IVA

¿Qué es?
El Suministro Inmediato de Información (SII) es el nuevo sistema que ha implantado la Agencia Tributaria, para llevar los libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT.



SII - Suministro Inmediato de Información del IVA - caisistemas¿En qué consiste?







Básicamente, es el suministro electrónico de los registros de facturación integrantes de los Libros Registro del IVA. Para ello, deben remitirse a la AEAT los detalles sobre la facturación, por vía electrónica y con esta información se irán configurando, prácticamente en tiempo real, los  Libros Registro, algunos de los cuales, enumeramos a continuación:


  • Libro Registro de Facturas Expedidas. La información sobre  Facturas Expedidas, se remitirá en los cuatro días naturales siguientes a su expedición (8 días durante el 2017) y siempre antes del día 16 del mes siguiente al que se haya producido el devengo del IVA de la operación que se comunica. Para el computo de estos plazos no se tendrán en cuenta sábados, domingos ni festivos nacionales.
  • Libro Registro de Facturas Recibidas. Las facturas Recibidas, se informarán en los cuatro días naturales siguientes (8 días durante el 2017) y siempre antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación en que se han incluido las operaciones.
  • Libro Registro de Bienes de Inversión. Se remitirá en el plazo de presentación del último periodo de liquidación del año (como máximo el 30 de Enero).
  • Libro Registro de determinadas operaciones Intracomunitarias. Deberá remitirse en un plazo de cuatro días naturales, desde el momento de la recepción de los bienes ó, desde el inicio de la expedición y transporte. 


¿Quién está obligado? 
Aquellos sujetos pasivos que sean:
  • Grandes Empresas (facturación superior a 6.010.121,04 €)
  • Grupos societarios a efectos de IVA.
  • Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA)
  • Empresas que decidan sumarse de forma voluntaria

¿Cuáles son las fechas a tener en cuenta? 
  • 1 de enero de 2017: 
    • Aplicación de nuevos límites en REAGP (Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca) y régimen simplificado.
    • DIVA: Modificación en las devoluciones de IVA en el Régimen de Viajeros.
  • 1 de julio de 2017: Entra en vigor este nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) .
Los sujetos pasivos que apliquen el SII desde el 1 de Julio  de 2017, estarán obligados a remitir los registros de facturación del primer semestre de 2017, antes del 1 de Enero de 2018.
  • Agosto 2017: las empresas acogidas al SII, dejarán de presentar el modelo 340 desde esta fecha.
  • Enero 2018: las empresas acogidas al SII, dejarán de presentar el modelo 390 desde esta fecha.
  • Febrero 2018: las empresas acogidas al SII, dejarán de presentar el modelo 347 desde esta fecha.

Ver Real Decreto 596/2016: BOE 06/12/2016

SII - Suministro Inmediato de Información del IVA - caisistemas
Te invitamos a conocer nuestra solución cloud Portal SII, un servicio web que permite la fácil adaptación al nuevo sistema implantado por la Agencia Tributaria.

Ver vídeo: tutorial demostración del uso y manejo de la gestión del IVA con Portal SII.

Nuestras aplicaciones caifis y caiconta, ya se han adaptado para que pueda introducirse la información relativa a todas las facturas, con las mínimas variaciones posibles y en cambio, se pueda gestionar este nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información, contando con las mayores facilidades y total control.

En las próximas semanas publicaremos nuevos artículos en este blog, detallando el contenido que debe tener cada uno de los libros de registro del IVA.


Ana I. González Oubel
Departamento de Contabilidad


viernes, 30 de septiembre de 2016

Seguridad y Privacidad en Internet para Asesorías y Empresas


Los españoles nos conectamos a Internet una media de 3 horas al día en nuestro tiempo libre*, además del tiempo dedicado durante el horario laboral, lo que ha hecho de Internet un escaparate indispensable para que todo tipo de empresas promocionen sus productos y servicios.

 CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas
La presencia de las empresas en Internet ha aumentado de manera progresiva, cuantitativamente porque cada vez hay más empresas en la red (ya se ha convertido en la primera fuente de información para el asesoramiento previo a la compra) y también cualitativamente, ya que las posibilidades de interactuar en Internet han aumentado y se han diversificado.

Las primeras páginas web corporativas se limitaban a ofrecer información de la propia empresa, mientras que en la actualidad se busca la interacción del internauta, queremos que sean los clientes/usuarios los que hablen de nosotros, los que compartan nuestra información y nos ayuden a difundir nuestros productos y servicios, en cualquiera de las plataformas que Internet ofrece.

Mayor presencia: nuevas preocupaciones

A medida que el uso de Internet se ha generalizado en el mundo empresarial, también han aumentado las preocupaciones de las empresas por la seguridad y la privacidad. Cuanta mayor es nuestra actividad digital, mayores son los riesgos y las posibilidades de encontrarnos ante situaciones no deseadas. Nos conectamos desde diversos dispositivos, accedemos desde diferentes redes compartidas, introducimos información de acceso a cuentas y perfiles, como nombres de usuarios, correos electrónicos y contraseñas... ¿Cómo podemos evitar ser atacados por virus, malware o boots maliciosos?, ¿cómo controlar la información compartida?, ¿cómo podemos mantener nuestra privacidad?

Tener en cuenta ciertas recomendaciones y consejos nos ayudará a controlar nuestra actividad virtual, a mantener seguros nuestros datos y a evitar o dificultar ataques informáticos.

Recomendaciones generales



- Proteger todos nuestros dispositivos (pc, móvil, tablet, ...) con usuario y contraseña, en caso contrario, el simple olvido o pérdida del dispositivo hará que nuestra información esté accesible.

- Usar distintos nombres de usuario y contraseña para acceder a los diferentes servicios web, para evitar que si somos hackeados tengan vía libre a toda nuestra actividad.

 CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas- Usar contraseñas robustas, es decir, que sean largas, que no repitan información personal (dni, nombre, apellido, ...), que alternen diferentes tipos de caracteres (mayúsculas, numéricos, ...) y que no se correspondan con patrones fáciles, como los míticos "0000" ó "1234". También conviene cambiarlas periódicamente, por ejemplo cada 6-9 meses.

- No abrir correos electrónicos de destinatarios no identificados, con asuntos y/o contenidos sospechosos, la simple vista previa de un archivo adjunto malicioso puede ser suficiente para infectar nuestro dispositivo.

- Extremar la precaución cuando usamos redes WIFIs públicas, ya que son particularmente vulnerables por lo que no deberían usarse nunca para compartir información sensible (cuentas bancarias, contraseñas, etc.).

- Información sensible: debemos ser especialmente cuidadosos cuando introducimos datos de acceso a servicios online, cualquier dato financiero, contraseñas, etc. Lo más recomendable es acceder desde redes privadas, solo en páginas web con protocolos "https" y no obviar las advertencias de "conexión insegura" que nos alertan cuando accedemos a sitios sospechosos para algún software instalado (navegador, antivirus, cortafuegos, etc.).

- Mantener nuestra red y dispositivos protegidos mediante antivirus y cortafuegos actualizados.

- No ignorar las actualizaciones de seguridad sugeridas por el software instalado, normalmente éstos se actualizan para poder enfrentarse a virus y malware de reciente creación.

- Software pirata y descargas: las descargas de apps realizadas fuera de Google Play y Apple Store tiene una probabilidad mucho más alta de llevar malware asociado, así como el software adquirido de forma no legal (algunos sitios web como Taringa o Softonic se han identificado como especialmente inseguros).

 CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas- Activar el servicio Bluetooth únicamente cuando se está usando, así cerraremos otra posible puerta de entrada a nuestra información.

- Servicios en la nube como Dropbox: lo primero que debemos hacer inmediatamente después de abrir una cuenta en cualquier servicio en la nube, es gestionar la configuración de privacidad.

- En equipos compartidos o no habituales también es recomendable cerrar la sesión de forma manual antes de cerrar el navegadorborrar cookies y el historial de navegación, así evitamos que ninguna configuración como la de "mantener sesión iniciada" o "guardar contraseña" nos juegue una mala pasada y nos aseguramos de que cuando iniciemos de nuevo sesión, nos vuelvan a solicitar el usuario y contraseña. Ésto lo podemos configurar de forma automática en el propio navegador.

Consejos específicos para redes sociales

- No ofrecer información personal en perfiles empresariales: debemos tener muy claro qué imagen queremos proyectar y compartir información que facilite ese objetivo. Comentarios personales aparentemente inofensivos como a donde nos vamos de vacaciones, o una instántanea de con quien estamos o qué hacemos en un determinado momento, son vías de acceso para los ciberataques, además de denostar nuestra imagen profesional.

- Apps de las propias redes sociales: por ejemplo Facebook ofrece variadas aplicaciones dentro de la propia red social, que van desde pasatiempos y juegos a útiles herramientas; sea cual sea la app que autoricemos debemos leer atentamente su información de seguridad, y saber exactamente a que información de nuestro perfil accederá, cual puede modificar y cual puede compartir. En caso de dudas lo mejor es no autorizar herramientas de terceros.

- Servicios de mensajería instántanea como WhatsApp o SMS también pueden ser vía de transmisión de archivos inseguros, del mismo modo que ocurre con el correo electrónico.

 CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas

Seguir todas las recomendaciones anteriores, e incluso implementar medidas de seguridad adicionales, no nos garantiza una protección total frente a todas las posibles amenazas, por ello un último consejo fundamental: REALIZAR COPIAS DE SEGURIDAD DE MANERA PERIÓDICA Y PROGRAMADA, Y GUARDARLAS EN UN DISPOSITIVO EXTERNO, mejor todavía si se almacenan en una ubicación física distinta a los datos originales, para protegernos también ante accidentes no virtuales, como incendios o inundaciones de las oficinas.

Poder restaurar una copia de seguridad reciente minimiza enormemente el impacto que cualquier ataque de seguridad puede provocar en la empresa (perder base de datos de clientes, justificantes de impuestos presentados, trabajos realizados, documentos, informes, etc.), ya que rápidamente podremos restaurar tan valiosa información y continuar con nuestro trabajo en el punto más cercano a donde estábamos antes del ataque informático.

* Artículo publicado el 17/05/2016 en El Economista.

Jéssica Fernández Alonso
Responsable Dpto. Marketing y Comunicación

viernes, 22 de julio de 2016

Hitos Tecnológicos en los Despachos Profesionales

Los hitos tecnológicos se podrían abordar desde muchas perspectivas, tanto temporales como sectoriales, me voy a centrar en aquellos hitos más recientes que se han implantado o están en proceso de implantarse, en el sector de los Asesores de Empresas, Gestorías Administrativas o Despachos Profesionales en general, y todo ello sin ser demasiado exhaustivo.

Hasta los años 80, este sector de actividad todavía confeccionaba toda su documentación manualmente o con las tradicionales máquinas de escribir, papel carbón y calculadoras manuales, solo algunos despachos de cierto tamaño utilizaban ordenadores con un sistema operativo propietario del fabricante, tal como era el caso de IBM, NCR, Philps, etc., y los programas utilizados eran desarrollados por programadores propios o subcontratados para el diseño de programas hechos a medida de cada despacho, lo cual era una inversión prohibitiva para los despachos más pequeños.

CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas - Cloud Computing Software en la Nube

Fue a principios de los años ochenta cuando la aparición de la microinformática hizo que los Asesores de Empresas comenzarán su particular proceso de innovación tecnológica.

Los Ordenadores Personales
CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas - Ordenadores Personales PC IBM Apple IIEl primer hecho relevante fue la aparición de los Ordenadores Personales o PC a principios de los ochenta, es cierto que para ser rigurosos ya con antelación algunos fabricantes como Olivetti o Texas Instruments habían sacado al mercado sus particulares Personal Computers, y otros fabricantes también habían desarrollado ordenadores  para el consumo como los famosos Apple II, ZX Spectrum y Commodore, pero fue IBM quien extendió el fenómeno del PC, luego otros fabricantes fueron desarrollando sus propios modelos compatibles con el PC de IBM. Además del componente Hardware, los fabricantes software de Sistemas Operativos fueron moviendo ficha con sus sistemas operativos CP/M y MSDOS de Microsoft que ganó la guerra de la popularización del Sistema Operativo junto a los PC.

Estos hechos, junto con la importante disminución de precios en los PC, impactaron en los Despachos Profesionales, pasando en un relativo corto espacio de tiempo, de una operativa manual a una expansión de los ordenadores, con lo que cada puesto de trabajo tenía encima de su mesa un ordenador personal. También influyó el que se extendiera el desarrollo de programas específicos para las necesidades de las Asesorías de Empresas.

Windows y Multimedia
CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas - Microsoft Windows 95También en la década de los ochenta aparecieron las primeras versiones de Windows, pero fue en el año 1990 el anuncio de Windows 3.0, las primeras versiones de Windows NT para servidores de redes y sobre todo, en el año 1995 cuando se anunció Windows 95, lo que supuso un cambio importante en la forma de trabajar de los Despachos Profesionales, puesto que se pasó de un entorno de trabajo en modo texto a un entorno gráfico y en color, con posibilidades multimedia incorporadas, lo que permitía la incorporación de imágenes, sonido y el uso del ratón en las aplicaciones.

Internet
Aunque los inicios de Internet son anteriores, es en el año 1991 cuando se anuncia públicamente la World Wide Web; a partir de esa fecha comienza la explosión de internet y a popularizarse tanto a nivel empresarial como personal. El primer navegador que se comercializó a nivel global fue Netscape Navigator, que fue arrasado por los navegadores modernos y utilizados actualmente, como Internet Explorer que ya incorporaba el propio Sistema Operativo Windows 95, pero fueron los servicios que se fueron creando apoyándose en internet lo que realmente hizo cambiar definitivamente la forma de trabajar de los Despachos Profesionales.

El Correo Electrónico
Los primeros correos electrónicos tienen una historia de más de 40 años, se extendió a nivel empresarial como un servicio basado en web aprovechando las ventajas de internet, y se popularizó en el momento en que Microsoft adquirió Hotmail, que era la empresa pionera en dar este servicio de forma gratuita.

Este servicio facilitó desde el principio a los despachos profesionales la comunicación con sus clientes y proveedores, pasando de una comunicación vía postal, fax y telefónica, a una comunicación digital aprovechando el servicio del email.

Sedes Electrónicas y Firmas Digitales
CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas - Sede Electrónica y Firmas Digitales
Por medio de internet, las nuevas tecnologías también llegaron a las Administraciones Públicas que paulatinamente fueron cambiando su sistema tradicional de comunicación con el ciudadano a un sistema digital, se implantaron las sedes electrónicas y con el uso de los certificados de usuario y firmas digitales, los procedimientos se fueron presentando de forma digital en las sedes electrónicas de cada organismo de la Administración Pública.

Esto se ha hecho evidente entre los Asesores de Empresas que no les ha quedado más remedio que evolucionar en su sistema de comunicación con la administración, sobre todo en organismos como la AEAT, Seguridad Social, Entidades Autonómicas, Locales, etc.

Web y Área de Clientes
Al mismo tiempo que evolucionan las sedes electrónicas, los despachos profesionales han ido creando sus propias webs corporativas y algunos, los más innovadores, crean su propia área de clientes para dar algún tipo de servicio, como puede ser el envío y/o recepción de datos y documentos.

Mensajería Instantánea
CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas - Whatsapp mensajería instántanea SMSLa mensajería instantánea se puede decir que en sus inicios se situó en un punto medio entre los chats y el correo electrónico; su aparición hizo desaparecer los también famosos en su momento, mensajes cortos. La mensajería instantánea es un reciente hito que aprovecha los servicios de internet y que ha cambiado el sistema de comunicación personal, a un sistema mucho más inmediato y gratuito o de bajo coste. Como aplicación destacada no puede haber otra que el Whatsapp, aplicación que ha arrasado como un tsunami desde su aparición, en el año 2009.

Algunos Despachos Profesionales han aprovechado las ventajas del Whatsapp para comunicarse de una forma rápida y cercana a sus clientes.

Cloud
Y es el Cloud, el hito en el que estamos inmersos, aunque sus orígenes se remontan años atrás, estamos asistiendo a un cambio en la forma de trabajar en las Asesorías de Empresas; el tradicional sistema informático compuesto por una red local con un servidor y una serie de puestos de trabajo, se está transformando en una serie de dispositivos (ordenadores, portátiles, tablets o móviles), conectados a internet desde cualquier lugar y a cualquier hora para acceder a sus datos y a unos servicios de aplicaciones. El Cloud tiene además otras ventajas para el asesor, como es la menor inversión, los datos más seguros que en las propias instalaciones locales, despreocupación por las instalaciones del software, etc.

CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas - Cloud Computing Software en la Nube

Otros hitos importantes que afectan al sector, han sido la implantación de los móviles, la protección de los datos, seminarios on line, redes sociales, etc que daría para otro artículo.

Manuel Martínez Álvarez
Director General

viernes, 17 de junio de 2016

SEPA mejora la eficiencia bancaria

SEPA Single Euro Payments Area (Zona Única de Pagos en Euros) sigue fortaleciéndose como proyecto en la creación de un mercado único para los servicios de pago.

CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas - SEPA zona única de pagos en euros

Desde la creación de la Comunidad Económica Europea en 1958, la adopción del euro en 1999 y la puesta en circulación de la moneda única en los países de la zona del euro en el 2002, la SEPA contribuye al objetivo de fortalecer la integración europea.

34 países (28 estados miembros de la Unión Europea, así como Islandia, Lietchestein, Noruega, Mónaco, San Marino y Suiza), 500 millones de ciudadanos y más de 70.000 millones de transacciones de pago electrónicas. Ese es el área de impacto de SEPA,  la normativa comunitaria por la que empresas, ciudadanos y demás agentes disfrutan de las mismas condiciones, obligaciones y derechos en sus pagos bancarios independientemente del lugar en que estén y de que las operaciones sean nacionales o transfronterizas.


SEPA generará mayor competencia en un mercado integrado en el que los proveedores podrán ofrecer sus servicios en todo el ámbito geográfico de la zona, garantizando que los usuarios dispongan de una oferta más amplia de soluciones de pago competitivas.


LA SEPA REQUIERE LA INTERACCIÓN ENTRE LOS SIGUIENTES SECTORES:
  • El sector bancario europeo.
  • El sector europeo de compensación y liquidación.
  • Las empresas de la zona del euro.
  • Los consumidores.
  • Las Administraciones Públicas.
CAI Sistemas Informáticos: Software para Asesores de Empresas - SEPA zona única de pagos en euros

ALGUNAS REPERCUSIONES  DE LA SEPA SOBRE LOS DISTINTOS SECTORES SON:

  • Los consumidores con una sola cuenta bancaria podrán realizar transferencias y pagos por adeudo directo a cualquier lugar de la zona con la misma facilidad que realizan los pagos nacionales.
  • La utilización de las tarjetas de pago será más eficiente ya que los consumidores podrán usar la misma tarjeta.
  • Los terminales de punto de venta de la zona se estandarizarán progresivamente y por tanto las empresas podrán aceptar una gama más amplia de tarjetas con un solo terminal.
  • Servicios varios que actualmente solo se ofrecen en el ámbito nacional para que los consumidores empleen menos tiempo en gestionar sus pagos como de la facturación electrónica, pagos con teléfonos móviles, pagos a través de internet, billetes  electrónicos, conciliación electrónica.
  • La gestión de los pagos en las empresas se simplifica, ya que el envío y la recepción de todos se hace con el mismo formato.
  • Para las entidades bancarias será más fácil ofrecer sus servicios a cualquier ciudadano de la zona.
  • Establecer el principio de igualdad de comisiones entre los pagos transfronterizos efectuados dentro de la UE y los pagos nacionales de características similares.
  • Se espera que todos los pagos de la zona del euro se consideren internos y sean, como mínimo, tan seguros y eficientes como los efectuados a través de los mejores sistemas de pago nacionales actualmente existentes.
  • En SEPA todos los adeudos deberán ser domiciliados, por lo que la comunidad bancaria ha decidido erradicar los recibos físicos.
  • Los usuarios se sentirán más seguros utilizando los instrumentos de pago SEPA ya que están dotados de un marco legal homogéneo con unos estándares mínimos de seguridad.

LOS ESQUEMAS DE ADEUDOS DIRECTOS SEPA VIGENTES SON:



Esquema Básico (CORE)

Para emitir adeudos directos tanto a particulares, como a empresas.

Existe la posibilidad de utilizar el esquema COR1, que acorta los plazos de presentación.


Esquema Empresa a Empresa (B2B)
Para emitir adeudos directos exclusivamente a empresas.



LOS INSTRUMENTOS DE PAGO SEPA ACTUALES SON:

  • Las transferencias SEPA.
  • Los adeudos directos SEPA.
  • Los pagos con Tarjeta SEPA.
  • El efectivo SEPA.
José Costal
Dpto. Facturación