viernes, 28 de diciembre de 2018

Norma NIIF 16. Cambios en la contabilidad de los arrendamientos


La nueva norma NIIF 16 sobre arrendamientos, viene a reemplazar a la antigua NIC 17 y entrará en vigor el 1 de enero de 2019.

Tendrá  efectos exclusivos en los grupos cotizados que formulen cuentas anuales consolidadas, ya que El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), ha decidido no incluir las modificaciones de la norma internacional, NIIF 16 sobre arrendamientos, en el Plan General de Contabilidad (PGC).

Esta norma establece que todos los arrendamientos, ya sean financieros u operativos, deben tener el mismo tratamiento en contabilidad, que el que tienen  los arrendamientos financieros en la actualidad.


niif 16 sobre arrendamientos: balance de situaciónBásicamente la norma NIIF 16, obliga a los grupos cotizados a incluir los arrendamientos en el balance. Por tanto habrá un reconocimiento de nuevos activos y pasivos. Digamos que convierte el arrendamiento en algo parecido a una compra financiada.

Los cambios más importantes afectan sobre todo a la contabilidad del arrendatario, mientras que en la contabilidad del arrendador no hay un cambio sustancial.



¿Qué cambios provoca la norma NIIF 16 sobre arrendamientos, en la contabilidad del arrendatario?

  • Desaparece la diferenciación entre arrendamiento financiero y arrendamiento operativo. 
  • Se establece un modelo único donde todos los alquileres, financieros  y operativos deben aparecer en  balance. Esto provocará un doble efecto. Por un lado que la sociedad cuenta  con más activos y por otro que la sociedad parece más endeudada. 
  • En cuanto a la cuenta de pérdidas y ganancias. Por un lado, se reconocerá la amortización del derecho de uso del activo y por otro, el gasto por intereses del pasivo por arrendamiento.
  • Cambios en las métricas financieras. Que se verán afectadas por el reconocimiento de nuevos activos y pasivos. 


¿Qué otros efectos tiene la norma NIIF 16?
La aplicación de la norma NIIF 16 sobre arrendamientos también dará lugar a cambios en los sistemas y en los programas de contabilidad. CAI Sistemas nos cuenta que el software de contabilidad CAICONTA ya recoge actualmente esta modificación.


norma NIIF 16: software de contabilidad CAICONTA¿Qué alcance tiene la  norma NIIF 16 sobre arrendamientos?

  • Aplica a todos los arrendamientos, excepto a:
  • Arrendamiento para explotar minerales y recursos no renovables.
  • Acuerdos de concesión de servicios.
  • Licencias de propiedad intelectual.
  • Activos intangibles incluidos en la NIC 38 (Películas, grabaciones, etc).


¿Cómo identificamos si un contrato es o contiene un arrendamiento?

  1. Lo primero que hay que valorar es si existe un activo identificado. Si la respuesta es no, entonces el contrato no contiene un arrendamiento y por tanto no procede la aplicación de la norma NIIF 16 sobre arrendamientos.  
  2. Que el cliente/arrendatario tenga el derecho a obtener todos los beneficios económicos procedentes del uso del activo arrendado.
  3. Que el cliente tenga el derecho a dirigir la forma y la fiscalidad del uso del activo, a lo largo del período de uso establecido.
  4. Que el cliente tanga el derecho a explotar el activo durante el período de uso, pero sin que el proveedor pueda cambiar las instrucciones de utilización del activo, pues están predeterminadas. 

norma NIIF 16: software de contabilidad CAICONTA
Si todavía no has informado al personal de tu empresa sobre la aplicación de la norma NIIF 16, te aconsejamos que por favor comuniques estos cambios lo antes posible. 

Ten en cuenta que la entrada en vigor es el 1 de enero de 2019. Así que asegúrate de que tu programa de contabilidad se encuentra al día sobre la aplicación de esta nueva norma.  



Si por el contrario no dispones de un programa contabilidad para tu empresa, o estás pensado cambiar el que ya tienes, te recomiendo que no esperes más y eches un vistazo a este programa de contabilidad online. ¡TE AYUDARÁ EN TU DECISIÓN!

viernes, 14 de diciembre de 2018

Declaraciones informativas: Novedades 2018


Se acerca el final del año y estamos a punto de presentar los impuestos del último trimestre de 2018. Pero ahí no acaba todo.

Como sabéis, durante los meses de enero y febrero de 2019, hay que presentar las famosas declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2018. En ellas informamos a la Agencia Tributaria de todo lo que ha ocurrido durante el ejercicio referente a IVA, retenciones, pagos a cuenta, donativos, operaciones intracomunitarias, etc.

Este año contamos con novedades interesantes, que tendremos que tener en cuenta a la hora de preparar nuestras declaraciones informativas.

¿Cuáles son esas novedades en las declaraciones informativas?

Novedades en la declaración anual de operaciones con terceras personas. Modelo 347

Gracias a las negociaciones mantenidas con la Agencia Tributaria, por parte de determinadas asociaciones, por fin la Agencia Tributaria decidió establecer como fecha definitiva para la presentación de este modelo, el mes de febrero

Modelo 347: Declaraciones informativas 2018- software fiscal CAIFIS

Especialmente contentos con esta decisión están las asesorías, gestorías, todos los profesionales dedicados a la elaboración de impuestos, así como las empresas que desarrollan los programas de gestión tributaria, especializados en impuestos.




Novedades en el modelo 190
En esta declaración informativa, incluimos las retenciones e ingresos a cuenta practicados en los rendimientos del trabajo, de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas.

Este año contamos con varias modificaciones dentro de clave L. Rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen.  Aparecen 3 nuevas subclaves:
  • Subclave25: Rendimientos del trabajo en especie exentos según el artículo 42.3.b) LIRPF. Hace referencia a los rendimientos destinados por los empleadores, a prestar el servicio de primer ciclo de educación infantil de sus trabajadores.
  • Subclave26: Rendimientos del trabajo en especie exentos según el artículo 42.3.d) LIRPF.
  • Subclave27: para identificar claramente las prestaciones públicas por maternidad exentas del IRPF.

Modelo 190: Declaraciones informativas 2018- software fiscal CAIFISAdemás, la Agencia Tributaria cree necesario recordar a todos los retenedores que deben tener actualizados los datos de cada uno de los perceptores, mediante el correspondiente modelo 145 o equivalente.  El fin es tener debidamente establecido el tipo de retención de cada perceptor. 


Atención por tanto a todas las empresas que desarrollan software fiscal.  La mayoría ya están trabajando contrarreloj, para poder incorporar en sus programas de tributación esta novedad.

Novedades en el modelo 390. Resumen anual de IVA
Modelo 390: Declaraciones informativas 2018- software fiscal CAIFIS
La novedad hace referencia a los siguientes puntos del modelo 390:

  • La realización de actividades por las que no exista obligación de presentar autoliquidaciones periódicas, no afectará a la exoneración de presentar el modelo 390.
  • Por fin se eliminan del modelo los tipos no vigentes y aparecen nuevas casillas. La 660 y 661. En ellas se incluirán las bases y cuotas deducibles precedentes de resolución administrativa o de sentencias firmes con tipos no vigentes.
  • Se crea la casilla 662 para las cuotas pendientes de compensación al final del ejercicio.
  • En el desglose del volumen de operaciones, se incluyen en la casilla 106 las entregas no habituales de oro inversión. 
Las empresas especializadas en programas fiscales, que deberán tener disponible en su software de tributación, todas estas novedades a 1 de enero de 2019.

Nuevo sistema de validación online
La Agencia Tributaria ha instalado una nueva vía de presentación online (TGVI on line), para la transmisión de grandes volúmenes de información.

Este sistema valida todos aquellos registros que van incluidos en la declaración. Esto quiere decir que al presentar la declaración informativa, la propia Agencia Tributaria valida cada uno de los registros, descartando aquellos que son erróneos e incluyendo en la declaración solo los que son correctos. 

Para evitar problemas, la Agencia Tributaria ha puesto a disposición del contribuyente un sistema de ayuda de identificación fiscal. Podrán verificarse todos los datos que incluye la declaración informativa, antes de realizar su presentación. 

También se puede acceder a un portal de pruebas en el que podrás simular la presentación de las declaraciones informativas e identificar posibles errores en la cumplimentación.
Este nuevo sistema TGVI on line, afecta:
  • Desde 2019 a los modelos 156, 181, 182, 187, 188, 190, 192, 193, 194, 196, 198, 291, 345, 346 y 347.
  • Desde 2020: al resto de modelos de declaraciones informativas.
Declaraciones informativas 2018- software fiscal CAIFIS

Nueva declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Modelo 233

Pues bien, esto ha dado lugar a la creación por parte de la Agencia Tributaria de una nueva declaración. «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados», modelo 233.

Estarán obligados a presentar dicha declaración, las guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Así que atención, por favor:
  • Asesorías dedicadas a la elaboración y presentación de impuestos.
  • Guarderías y centros de educación infantil autorizados. Podréis presentar esta declaración, modelo 233, excepcionalmente para el ejercicio 2018, entre el 1 de enero y el 15 de febrero de 2019.

Y por último, modelo 179 para los inmuebles destinados a fines turísticos
A pesar de que el plazo de presentación es trimestral, para el ejercicio 2018 y de manera excepcional, la declaración tendrá carácter anual y se podrá presentar entre el 1 y 31 de enero de 2019. 

Recordad que los obligados a presentar esta declaración son los intermediarios digitales, tales como plataformas colaborativas y cualquier otro intermediario tradicional, que medie entre la oferta y la demanda para la cesión de viviendas con fines turísticos. 

Si eres autónomo, PYME o emprendedor, deja la preparación de todas estas declaraciones informativas, en manos de especialistas en la materia. Además todos ellos cuentan con programas de fiscalidad para asesorías, con los que elaboran tus impuestos de manera rápida y sencilla. 

Y si eres asesoría y aun no conoces CAI Sistemas, entra en su web y quédate. ¡YA SOMOS MUCHOS LOS QUE CONFIAMOS EN ELLOS!