En este quinto post relacionado con el SII abordamos el suministro de información de los Pagos sobre facturas registradas en el Libro de registro de facturas recibidas.
A la hora de suministrar esta información de cobros a la AEAT deben tenerse en cuenta dos aspectos muy importantes:
- El suministro de pagos debe ser siempre independiente y posterior al de la factura recibida, en régimen de criterio de caja, que lo origina.
- La anulación de un pago previamente presentado se realizará enviando el pago que se pretende anular con importe negativo.
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