En el cuarto post de la serie de artículos que estamos publicando en relación con el SII, abordamos el suministro de información del Libro de registro de facturas recibidas.
Con un contenido muy parecido al libro de registro del IVA, añade información relativa a los documentos aduaneros y simplifica la relativa a los supuestos de sujección y exención del impuesto.
Otros artículos donde hemos tratado el SII:
- "SII: Suministro Inmediato de Información en el IVA"
- "SII - Datos a suministrar para las facturas expedidas"
- "SII - Datos a suministrar para el cobro de las facturas expedidas"
Te invitamos a conocer nuestra solución cloud Portal SII, un servicio web que permite la fácil adaptación al nuevo sistema implantado por la Agencia Tributaria.
Ver vídeo: tutorial demostración del uso y manejo de la gestión del IVA con Portal SII
Descarga de las tablas en versión PDF
Cabecera (contenidos actualizados a la versión 0.7) | |||
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Datos/ Agrupación | Descripción | Valores permitidos | ¿Es OBLIGATORIO? |
Titular del libro - registro | NIF declarante | Obligatorio | |
Nombre declarante | Obligatorio | ||
NIF representante legal | En principio es opcional; sin embargo téngase en cuenta que si el NIF del Titular del libro - registro es de un menor (empieza por K) este dato es obligatorio y debe ser distinto del NIF del titular | ||
Operación | Tipo de comunicación. Este bloque no aparecerá en caso de baja |
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Obligatorio |
Detalle de datos a SUMINISTRAR para las facturas recibidas o MODIFICAR las transmitidas | |||
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Datos/ Agrupación | Descripción | Valores permitidos | ¿Es OBLIGATORIO? |
Datos periodo | Ejercicio | El Ejercicio deberá estar comprendido entre el año actual y cuatro años anteriores | Obligatorio |
Período | Si el Ejercicio es el correspondiente al año actual, el periodo no podrá ser superior al periodo actual | Obligatorio | |
Identificación de la factura | EMISOR DE LA FACTURA IDENTIFICADO CON NIF ESPAÑA | ||
NIF emisor de la factura | NIF asociado al emisor de la factura. Debe ser el mismo que el NIF del Titular del libro - registro |
Obligatorio | |
EMISOR DE LA FACTURA IDENTIFICADO CON CÓDIGO EXTRANJERO | |||
País del cliente | Obligatorio (opcional cuando el Tipo de Factura es una "Factura simplificada"). Cuando en el campo Clave para establecer el tipo de identificación en el país de residencia se informe con la clave "NIF-IVA" no será exigible el código país. | ||
Clave para establecer el tipo de identificación en el país de residencia |
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Obligatorio (opcional cuando el Tipo de Factura es una "Factura simplificada") | |
Número de identificación en el país de residencia | Obligatorio cuando el País del cliente no sea España | ||
Número y serie | Número+Serie que identifica a la factura emitida | Obligatorio | |
Número y serie de la última factura | Número+serie que identifica a la ultima factura cuando el Tipo de Factura es un "Asiento resumen de facturas" | Obligatorio cuando el Tipo de Factura es un "Asiento resumen de facturas" | |
Fecha de expedición | La fecha de expedición no podrá ser superior a la fecha en que se suministran los datos a la AEAT | Obligatorio | |
Tipo de factura | Especificación del tipo de factura a dar de alta: factura normal, factura rectificativa, tickets, factura emitida en sustitución de facturas. En parte recoge información que ya se declaraba en el modelo 340 pero la amplía (tema rectificativas) |
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Obligatorio |
Datos de la factura según su TIPO | FACTURA RECTIFICATIVA - Facturas rectificadas | ||
Tipo de factura rectificativa |
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Obligatorio cuando la clave de Tipo de factura sea "Factura rectificativa" | |
Número | Número+Serie que identifica a la factura | Opcional y solo admitido cuando la clave de Tipo de factura sea "Factura rectificativa". Las facturas rectificadas deben existir previamente en el sistema. | |
Fecha | Fecha de expedición de la factura | Opcional y solo admitido cuando la clave de Tipo de factura sea "Factura rectificativa". Las facturas rectificadas deben existir previamente en el sistema. | |
Base | Base imponible de la factura/facturas sustituidas | Obligatorio cuando la clave de Tipo de factura sea "Factura rectificativa" y el Tipo de factura rectificativa sea "Por sustitución" | |
Cuota | Cuota repercutida de la factura/facturas sustituida | Obligatorio cuando la clave de Tipo de factura sea "Factura rectificativa" y el Tipo de factura rectificativa sea "Por sustitución" | |
Recargo | Cuota recargo de equivalencia de la factura/facturas sustituidas | Obligatorio cuando la clave de Tipo de factura sea "Factura rectificativa" y el Tipo de factura rectificativa sea "Por sustitución" | |
RECIBIDA EN SUSTITUCIÓN DE FACTURAS SIMPLIFICADAS FACTURADAS Y DECLARADA - Facturas agrupadas | |||
Número | Número+Serie que identifica a la factura | Opcional cuando la clave de Tipo de factura sea "Emitida en sustitución de facturas simplificadas" | |
Fecha | Fecha de expedición de la factura | Opcional cuando la clave de Tipo de factura sea "Emitida en sustitución de facturas simplificadas" | |
Fecha de la operación | Fecha en la que se ha realizado la operación siempre que sea diferente a la fecha de expedición | Si se incluye debe ser distinta de la fecha de expedición | Opcional |
Régimen IVA / identificación operaciones con trascendencia tributaria | Clave que identificará el tipo de operación o el Régimen IVA con transcendencia tributaria (admitirá hasta tres claves diferentes) |
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Es obligatoria la clave principal (la primera que se informa).En caso de utilizar más de una clave pueden realizarse las siguientes posibles combinaciones:
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Número de registro autorización | Número de registro obtenido al enviar la autorización en materia de facturación o de libro registro | El sujeto pasivo autorizado, antes del primer envío del registro de facturación correspondiente la autorización, deberá remitir copia de la misma en el apartado previsto para aportar documentación complementaria. | |
Importe total de la factura | Importe total de la factura | Opcional | |
Base imponible al coste | Para grupos de IVA | Opcional. Sólo se puede rellenar cuando la clave de Régimen IVA / identificación operaciones con trascendencia tributaria sea "Régimen IVA grupo de entidades en IVA (Nivel Avanzado)" | |
Descripción de la operación | Descripción del objeto de la factura | En 500 caracteres | Obligatorio |
Desglose de la factura | CON INVERSIÓN DE SUJETO PASIVOOperaciones sujetas en el TAI | ||
Tipo impositivo | Porcentaje aplicado sobre la Base Imponible para calcular la cuota | Obligatorio | |
Base imponible | Magnitud dineraria sobre la cual se aplica un determinado tipo impositivo | Obligatorio | |
Cuota soportada | Cuota resultante de aplicar a la base imponible un determinado tipo impositivo | Obligatorio | |
INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO | |||
Tipo impositivo | Porcentaje aplicado sobre la Base Imponible para calcular la cuota | Obligatorio | |
Base imponible | Magnitud dineraria sobre la cual se aplica un determinado tipo impositivo | Obligatorio | |
Cuota soportada | Cuota resultante de aplicar a la base imponible un determinado tipo impositivo | Obligatorio | |
Tipo recargo de equivalencia | Porcentaje asociado en función del tipo de IVA | Opcional. Nunca aparecerá cuando se detalle una prestación de servicios | |
Cuota recargo equivalencia | Cuota resultante de aplicar a la base imponible el tipo de recargo de equivalencia | Opcional. Nunca aparecerá cuando se detalle una prestación de servicios | |
Datos del proveedor | PROVEEDOR IDENTIFICADO CON NIF ESPAÑA | ||
Nombre | Obligatorio (opcional cuando el Tipo de Factura es una "Factura simplificada") | ||
NIF del representante | Opcional | ||
NIF del proveedor | Obligatorio (opcional cuando el Tipo de Factura es una "Factura simplificada"). Si el proveedor no tiene NIF, será obligatorios los tres apartados siguientes. | ||
PROVEEDOR IDENTIFICADO CON CÓDIGO EXTRANJERO | |||
País del proveedor | Obligatorio (opcional cuando el Tipo de Factura es una "Factura simplificada"). Cuando en el campo Clave para establecer el tipo de identificación en el país de residencia se informe con la clave "NIF-IVA" no será exigible el código país. | ||
Clave para establecer el tipo de identificación en el país de residencia |
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Obligatorio (opcional cuando el Tipo de Factura es una "Factura simplificada") | |
Número de identificación en el país de residencia | Obligatorio cuando el País del cliente no sea España | ||
Fecha del registro contable | Fecha del registro contable de la operación. Se utilizará para el plazo de remisión de las facturas recibidas | Obligatorio | |
Cuota deducible | Obligatorio | ||
Detalle de datos a suministrar para DAR DE BAJA las facturas previamente transmitidas | |
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Datos/ Agrupación | Descripción |
Datos periodo | Ejercicio |
Período | |
Identificación de la factura | NIF emisor de la factura |
Número y serie | |
Número y serie de la última factura | |
Fecha de expedición | |
Ana Docabo Madriñán
Responsable Dpto. Fiscal
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