viernes, 11 de octubre de 2013

25 Años de Legislación Laboral

A lo largo de estos 25 años tanto el Texto refundido del Estatuto de los Trabajadores como el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social han sufrido, junto con otras Fuentes del Derecho Laboral, grandes cambios; unos con mayor calado que otros, pero casi todos con los siguientes objetivos:

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  • Crear empleo, disminuir el paro y reducir la alta temporalidad debida esta última al impulso dado al contrato temporal de fomento de empleo con la Ley 32/1984.
  • Mejorar la tasa de ocupación y actividad de las mujeres, los jóvenes y las personas con discapacidad.
  • Mitigar la discriminación por razón de género, conseguir la igualdad efectiva de mujeres y hombres y favorecer a la conciliación de la vida personal y familiar.
  • Contribuir a la flexibilidad interna en las empresas como alternativa a la destrucción de empleo (FLEXISEGURIDAD). Este objetivo se estableció con la Ley 3/2012, alegando que la crisis económica de 2008 había puesto en evidencia la insostenibilidad del modelo laboral español y que los problemas del mercado de trabajo, lejos de ser coyunturales eran estructurales.

Algunos cambios se han fundamentado en la recomendación del Pacto de Toledo de 1995, sobre simplificación de los regímenes de la Seguridad Social, a los que obedece la integración del Régimen Especial de los Empleados de Hogar y el Régimen Especial Agrario en el Régimen General de la Seguridad Social.

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Los referidos a la gestión de la información han venido impulsados por el uso de las nuevas tecnologías, aportando agilidad y simplificación en determinados procesos como la transmisión de los AT por procedimiento electrónico (Delt@), la comunicación de contratos de trabajo y copias básicas a los Servicios Públicos de Empleo por medios telemáticos (Contrat@), el envío de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios electrónicos (Certific@2), y en el ámbito de la Seguridad Social la afiliación de trabajadores, cotización y recaudación (Sistema RED) así como el acceso On Line a las notificaciones que hasta ahora se recibían por correo postal (NOTESS).


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Y otros se han producido de forma progresiva y obedeciendo a distintos objetivos, como la evolución del salario mínimo que, con el fin de favorecer las condiciones salariales de los trabajadores no incluidos en la negociación colectiva, se publicó con efectos de 1 de enero de 1990 la equiparación del SMI de los menores de 17 años con el de los trabajadores de 17 años y con efectos de 1 de enero de 1998, el SMI de los menores de 18 años con el de los trabajadores mayores de edad. Por otro lado con el fin de reasignar al Salario Mínimo su función estrictamente laboral se creó, con la publicación del RDL 3/2004, un indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) como indicador o referencia del nivel de renta que sirva para determinar la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinados beneficios, prestaciones o servicios públicos, sustituyendo al SMI en esta función.

Pero los cambios en la legislación no se quedan estancados en estos 25 años, seguirán porque los objetivos citados, difíciles de alcanzar, continuarán siendo una constante en las propuestas de mejoras futuras, porque a estos objetivos básicos se le sumarán otros nuevos, fruto de las medidas adoptadas en la actualidad y porque la tecnología, imparable, conducirá a nuevas formas de gestionar la información.


Rosario Martínez Álvarez
Responsable Dpto. Laboral

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