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viernes, 14 de abril de 2017

Legalización de Libros Contables 2016

Como es habitual en estas fechas, debemos cumplir con la obligación de legalizar nuestros libros contables correspondientes al ejercicio 2016.

Normativa a tener en cuenta
  • El artículo 18 de la Ley apoyo a los emprendedores y su internalización, establece que todos los libros que obligatoriamente deben llevar los empresarios, sean de la clase que sean, por tanto también los de actas o los de socios o acciones nominativas, deben ser cumplimentados en formato electrónico legalizándose telemáticamente antes de los 4 meses siguientes al cierre del ejercicio. Para ejercicios ajustados al año natural la fecha límite será el próximo 30 de Abril.
  • En este sentido la Dirección General de los Registros y el Notariado, mediante la Instrucción del 12/2/2015 y la Instrucción de 01/07/2015, que introduce la posibilidad de enviar encriptados algunos de los ficheros que forman parte de la legalización, desarrollan este artículo 18.
  • Real decreto 602/2016, por el que se modifica el Plan General de Contabilidad cuyos cambios se centran en 3 bloques:
  1. Eliminación del Estado de Cambios del Patrimonio Neto (ECPN) para quien pueda formular balances abreviados. 
  2. Reducción en las indicaciones a incluir en la memoria.
  3. Modificación que atañe a los activos intangibles, especialmente al fondo de comercio en lo referido a los criterios de registro y valoración.
Legalizacion Libros Contables - Software Contabilidad CAICONTA

Aspectos técnicos
  • En relación al aspecto técnico de la legalización de los libros correspondientes al ejercicio 2016, no existe ningún cambio, es decir, presentaremos un archivo comprimido (.zip) que contendrá la totalidad de libros que deseamos registrar (tanto los cifrados como los no cifrados), cuyo nombre será: 

LL+código del registro (5 digitos)+NIF
p.ej. LL36015B12345674


  • Las empresas deberán conservar una copia informática con idéntico contenido y formato, de los ficheros correspondientes a los libros presentados a legalizar, debiendo asimismo conservar, en su caso, la clave secreta que permita desencriptar los ficheros cifrados.

El debate de este año

Las novedades que se plantean para esta campaña se centran en los cambios realizados en las memorias.

Uno de los puntos de discusión, se centra en la obligatoriedad de informar sobre el periodo de pago a proveedores. En relación con este tema, recordemos que esta obligatoriedad se establece en la disposición adicional tercera de la Ley 15/2010 de Medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales y, dado que existe una prevalencia de lo dispuesto por una Ley sobre lo dispuesto por un Real Decreto (en concreto el R.D. 602/2016, que es el que elimina la obligación de informar sobre esta cuestión), deberíamos entender que sigue siendo obligatorio informar sobre el plazo de pago a proveedores, con el agravante si cabe, de que este hecho contraviene los máximos exigidos por la directiva 2013/34/UE.

Otro punto que suscita el debate, es el referido al deber de información sobre el reparto de resultados (orden JUS/206/2009), ya que si bien según lo recogido en el R.D. 602/2016 esta información deja de ser obligatoria, llama la atención que no se modifican las “normas de registro y valoración” incluidas en la memoria y que son un cortapega de las que se incluían en la versión anterior de la memoria.


Notas de interés

    Legalizacion Libros Contables - Software Contabilidad CAICONTA
  • Recordar que no es posible incorporar 2 libros con la misma codificación (p.e. no se pueden poner 2 líneas de libros de actas).
  • Si tenemos diligencias de cierre, éstas pueden adjuntarse como un anexo en la propia página del registro sin incluirla en el fichero zip. De este modo no pagaréis un libro más. Si lo incluyeseis en el zip bajo el epígrafe ‘Otros’ pagaríais un libro más.
  • En cada ejercicio se deberán legalizar las actas del ejercicio precedente. Será necesario que en cada uno de dichos libros conste la fecha de apertura y de cierre del ejercicio.
  • En cuanto a los Libros registro de socios, una vez inscrita la sociedad en el Registro Mercantil, se deberá legalizar un libro, que será el primero de orden en el que conste la titularidad inicial de los fundadores. Una vez legalizado este libro inicial sólo será obligatoria la legalización de un nuevo libro, en los 4 meses siguientes a la finalización del ejercicio, en el que se haya producido cualquier alteración en la titularidad inicial o sucesiva de las participaciones o acciones o se hubieran constituido gravámenes sobre las mismas.
  • En caso de pérdida, sustracción, destrucción física o informática, o robo de los libros de socios o acciones nominativas, se podrá legalizar un libro con el contenido de los libros inutilizados por cualquier causa, siempre que se acredite mediante denuncia policial o acta notarial los hechos anteriormente señalados. A estos efectos se incluirá el acta notarial o la denuncia en fichero anexo a la petición de la legalización de los libros.
  • Rectificar libros ya presentados: Habrá que generar un fichero de rectificación que incluya:
  1. Certificación del órgano de administración por el que se dé cuenta del error cometido 
  2. El archivo rectificado en el que constarán los datos correctos.
El portal web del Colegio de Registradores solicitará el número de entrada de la primera presentación para asumir que se trata de una subsanación.

Carmen González
Responsable Dpto. Contabilidad

viernes, 10 de julio de 2015

Novedades en el Sistema de Liquidación Directa

Sustitución de la aplicación Wincret@ por la aplicación SILTRA:

CAI Sistemas: Software para Asesores.Siltra es la nueva aplicación de escritorio que permite el intercambio de información (Cotización, Afiliación, Partes de IT) entre la TGSS y los usuarios autorizados al envío de ficheros mediante el Sistema de Liquidación Directa. 

Ya en el Boletín Especial 2015/1 de Noticias RED, de 22 de enero de 2015, se hacía referencia a SILTRA como la versión de la Winsuite adaptada al Sistema de Liquidación Directa y se mencionaban algunas de sus funcionalidades a pesar de no estar disponible para los usuarios en prácticas. Recordemos que desde que se implementaron las pruebas en el Sistema de Liquidación Directa primero se utilizó la aplicación WinCret@ Beta, posteriormente la aplicación WinCret@ Prácticas y ahora Siltra Prácticas.

La aplicación Siltra al igual que Wincret@ está desarrollada en Java y utiliza, para el intercambio de información, el certificado SILCON y ficheros en formato XML. La instalación se distribuye en un solo fichero con extensión “.jar” resultando un proceso bastante sencillo, si bien la aplicación propone como ruta de instalación C:\Archivos de Programa\SILTRA\Prácticas la tesorería recomienda instalarla directamente en el directorio raíz C:\SILTRA\Prácticas.

Una vez realizada la instalación se deberán volver a configurar los datos del autorizado igual que se hizo con la aplicación WinCret@; se permite también configurar las rutas donde se guardan los ficheros XML y la impresoras que se utilizará para la impresión de documentos a través de SILTRA.

Según la información facilitada por Sistema RED en el Boletín de Noticias RED 3/2015, de 30 de abril, todos aquellos usuarios que realicen envíos en prácticas mediante la aplicación  Wincret@ Prácticas deberán realizar los envíos, desde el día 1 de mayo, mediante la aplicación Siltra ya que la aplicación Wincret@ dejará de actualizarse.

CAI Sistemas: Software para Asesores.

La TGSS ha puesto a disposición de los usuarios un Manual de la aplicación SILTRA que se puede descargar desde el siguiente enlace:
o bien desde el apartado  Inicio, Información útil, Sistema RED, Sistema de Liquidación Directa (Proyecto Cret@), Documentación, Manuales de Usuario de su página web.



En dicho manual se detalla el proceso de instalación, la configuración de la aplicación  y el funcionamiento de los distintos módulos con que cuenta SILTRA:
- Cotización
- Configuración
- Afiliación/ INSS
- Utilidades 






También ha puesto la TGSS un enlace para la descarga de la aplicación  Siltra Prácticas en el siguiente apartado de su página web: Inicio, Información útil, Sistema RED, Sistema de Liquidación Directa (Proyecto Cret@), Software.


Dicha descarga activa  solamente los módulos correspondientes a Cotización, Configuración y Utilidades (Reconstrucción de Seguimiento), además, para dar mayor seguridad a los usuarios, esta versión en prácticas  mostrará en la parte Superior Derecha de la aplicación el siguiente icono informativo de que se está trabajando en entorno de prácticas.

Rosario Martínez Álvarez
Responsable Dpto. Laboral

viernes, 10 de abril de 2015

Legalización de libros contables 2014

La legalización de libros correspondiente a ejercicios iniciados con posterioridad al 29/09/2013, comporta con una serie de cambios que debemos considerar:

§ Normativos:
a través de la Instrucción de 12/2/2015 de la  DGRN sobre legalización de libros de los empresarios, en aplicación del Artículo 18 de la ley 14/2013.

Dada la trascendencia tanto pública como privada que tiene la legalización de libros contables, actas y otros que, de forma obligatoria y conforme a la normativa vigente deben llevar los empresarios, se unifican criterios en esta materia y se establecen una serie de principios conforme a los cuales debe producirse esta legalización.
CAI Sistemas: Software para Asesores.



Vídeo: “Presentación de libros contables desde la aplicación caiconta”



Cuestiones a tener en cuenta:
- El sistema de legalización de libros de los empresarios en formato electrónico, será de aplicación a los libros obligatorios de todas clases respecto de ejercicios abiertos a partir del día 29 de septiembre de 2013, fecha de entrada en vigor de la ley 14/2013.
- Los libros encuadernados en blanco y ya legalizados sólo podrán ser utilizados para contabilidades, contratos y actas de ejercicios abiertos antes de 29 de septiembre de 2013, se procederá al cierre de los mismos mediante diligencia que se acreditará, en el primer envío telemático de dichos libros, con la incorporación de un archivo que incluya la certificación del órgano de administración que haga constar dicha circunstancia.
- Todas las actas de reuniones de los órganos colegiados de las sociedades mercantiles, incluyendo las decisiones adoptadas por el socio único, respecto de los ejercicios sociales comenzados a partir del 29 de septiembre de 2013, deberán reflejarse en soporte electrónico y ser presentados de forma telemática para su legalización dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio social.
CAI Sistemas: Software para Asesores.
- Libros de actas: En cada ejercicio se deberán legalizar las actas del ejercicio precedente. Dicho libro podrá ser único para las actas de todos los órganos colegiados de la sociedad, o también un libro para cada uno de los órganos colegiados. Será necesario que en cada uno de dichos libros conste la fecha de apertura y cierre del ejercicio.
- En cuanto a los Libros registro de socios, nos indica que una vez inscrita la sociedad en el Registro Mercantil, se deberá legalizar un libro, que será el primero de orden, en el que conste la titularidad inicial de los fundadores. Una vez legalizado este libro inicial sólo será obligatoria la legalización de un nuevo libro en los cuatro meses siguientes a la finalización del ejercicio en el que se haya producido cualquier alteración en la titularidad inicial o sucesiva de las participaciones o acciones o se hubieran constituido gravámenes sobre las mismas.
- En caso de pérdida, sustracción, destrucción física o informática, o robo de los libros de socios o acciones nominativas, se podrá legalizar un libro con el contenido de los libros inutilizados por cualquier causa, siempre que se acredite por denuncia policial o por acta notarial los hechos anteriormente señalados. A estos efectos se incluirá el acta notarial o la denuncia en fichero anexo a la petición de la legalización de los libros.
- Las sociedades, cualquiera que sea la fecha de su constitución, que no hubieran legalizado su libro de actas, de socios, de acciones nominativas o de contratos de socio único con la sociedad, en el momento posterior a la constitución de la sociedad, ya sea con arreglo a la legislación anterior o a la que ahora se desarrolla, podrán incluir en los primeros libros de dichas clases presentados telemáticamente, todas las actas y vicisitudes de la sociedad desde la fecha de su constitución hasta la fecha de cierre. 
 § Técnicos:
se incluye nueva codificación para algunos de los libros a registrar:
CAI Sistemas: Software para Asesores.
- Libro de Actas
- Libro de Detalle de Actas
- Libro de Actas del Consejo
- Libro de Detalle de Actas del Consejo
- Libro-registro de Contratos del Socio Único con la Sociedad Unipersonal 
 § Se hacía necesario también, un nuevo formato en el fichero a transmitir que aportase simplicidad, menor tamaño y disminución del tiempo de proceso en la tramitación telemática. Por ello, se instrumenta la presentación a través de un fichero comprimido que contendrá toda la documentación, incluidos los archivos relativos a la huella y, cuyo nombre será:

LL+código del registro (5 digitos)+NIF
LL36015B123456784

A continuación os facilitamos un enlace con la secuencia de pantallas que vais a seguir en la página web http://registradores.org

Carmen González
Responsable Dpto. Contabilidad

viernes, 7 de noviembre de 2014

Cret@ y los trabajadores de cobro Mensual

Con la implementación de Cret@ (Sistema de Liquidación Directa) la TGSS ha estandarizado las situaciones en que se debe realizar el ajuste a 30 días, para determinar las bases mínimas y máximas de contingencias comunes en los trabajadores de cobro mensual, estableciendo que el ajuste a 30 días se realizará:


Para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedad profesional se tendrá en cuenta el tope mínimo y máximo mensual. Este tope es el mismo para todos los grupos de cotización, y tiene carácter mensual.

Como en el Sistema de Liquidación Directa las bases de cotización se informarán por Tramos, la TGSS ha establecido también las siguientes reglas a seguir para determinar el tramo en que se debe realizar el ajuste a 30 días:


Excepciones:
Como en el Sistema de Liquidación Directa las bases de cotización se informarán por Tramos, la TGSS ha establecido también las siguientes reglas a seguir para determinar el tramo en que se debe realizar el ajuste a 30 días:


La regla para determinar el número de días en situación de IT, Maternidad-Paternidad, Riesgos o Expediente de Regulación de Empleo sigue siendo 30 – nº de días trabajados.


Por lo tanto, para evitar errores en liquidación de cotizaciones a la Seguridad Social cuando se empiece a utilizar el Sistema de Liquidación Directa, es importante comprobar que la aplicación de nóminas calcula los días cotizados conforme a las instrucciones facilitadas por la TGSS.

Para más información consultar el manual:


Rosario Martínez Álvarez
Responsable Dpto. Laboral

viernes, 3 de octubre de 2014

Elección de un Proveedor de Software para Asesores de Empresas

La elección de un adecuado proveedor de software en una Asesoría de Empresas no es un tema menor, ya que por lo general implicará: una relación duradera en el tiempo, una adaptación a las  fórmulas de servicio que el proveedor ofrece, y una adecuación a ciertas dinámicas de trabajo que la propia estructura de las aplicaciones de software imponen de por sí (solicitud de datos, procesos de cálculos y generación de resultados). 

En este post vamos a ver cuáles son los parámetros a tener en cuenta a la hora de la elección de un proveedor tecnológico en software para las Asesorías de Empresas.


CAI Sistemas: Software para Asesores.
En primer lugar, y tal como se haría para la elección de cualquier proveedor estratégico, como es este el caso, sería informarse sobre la viabilidad económica, equilibrio financiero, y estructura organizativa del Proveedor Tecnológico, son variables importantes y obvias que hay que tener muy en cuenta, pero que no es el objetivo principal de este artículo.



Asimismo otras características generales que serían interesantes averiguar sobre el Proveedor Tecnológico, son si tienen:

§ A los clientes bien atendidos.
§ A los empleados comprometidos con los objetivos de la empresa, y se sienten reconocidos.
§ A los socios y/o accionistas satisfechos con los resultados.

Y a nivel de procesos internos del Proveedor, tres serían las variables que se deben tener en mente a la hora de la elección del proveedor tecnológico, y en los que vamos a entrar en detalle:

   § Innovación.
   § Información.
   § Servicio.

§ Innovación: 


CAI Sistemas: Software para AsesoresLa capacidad de innovación que tenga un Proveedor de Software es un elemento clave a tener en cuenta en la selección del proveedor adecuado. La Innovación no va acompañada del tamaño de la Empresa Tecnológica, es decir, una Multinacional o una Gran Empresa, no es garantía de Innovación, a veces todo lo contrario, son precisamente estas Grandes Empresas las que debido a su estructura interna, a su entramado burocrático, y a su amplio y variado parque de clientes, las que más les cuesta la Innovación continua y la velocidad constante necesaria en un sector, y en unas aplicaciones software donde los cambios normativos y los cambios tecnológicos son una carga importante del mantenimiento y de las actualizaciones. 

§ Información:


CAI Sistemas: Software para AsesoresOtro punto importante que debe tener en cuenta un Asesor de Empresas en la elección del proveedor, es la cantidad y calidad de información que este aporta. Los Proveedores Tecnológicos que desarrollan software específico para los Asesores de Empresas, están en contacto continuo con los distintos departamentos de la Administración que proporcionan la información mínima y necesaria, para la correcta adecuación del software a la normativa o a las exigencias tecnológicas, este contacto se realiza a través de contratos de colaboración; asimismo los proveedores tecnológicos deben manejar la normativa con antelación a que lo hagan los propios Asesores, puesto que dicha normativa la deben implantar en los correspondientes software. Esta información de primera mano que maneja el proveedor tecnológico, debe transmitirla a su vez a los Asesores de Empresa, por los distintos medios que proporciona la tecnología:

  • Seminarios On Line o Presenciales sobre normativa.
  • Seminarios On Line o Presenciales sobre cambios en las aplicaciones software.
  • Web, videos y blogs con información relativa a normativa o tecnología de interés para el Asesor.
  • Proactividad en las Redes Sociales.
  • Eventos, Jornadas y Conferencias con contenido específico para los Asesores de Empresas.
§ Servicio:
El Servicio es la tercera e importante variable a tener en cuenta por el Asesor, a la hora de seleccionar un Proveedor Tecnológico. Para empezar es conveniente que el Proveedor Tecnológico sea el propio fabricante y desarrollador del Software que seleccionemos, nadie como los propios técnicos, analistas y desarrolladores de los programas, podrán dar una solución a las consultas, dudas, o necesidades que un Asesor puede necesitar a nivel general o en temas puntuales. El servicio de actualizaciones de los programas, debe ser ágil y eficiente, entendiéndose como ágil, que las actualizaciones siempre estarán en fecha puntual o incluso adelantándose a los periodos más críticos de vencimientos, y eficiente, en el sentido de que dichas actualizaciones deben ser completas y libre de errores. 



CAI Sistemas: Software para Asesores
Otro servicio vital es el servicio de atención o soporte al cliente, para ello el Proveedor Tecnológico, debe contar con personal titulado y experiencia en cada una de las materias que resuelve el software (Laboral, Contable, Fiscal, etc.), con una gran capacidad de escucha al cliente, capacidad resolutiva y de síntesis, y con capacidad de gestión del estrés, debido al gran número de consultas y de diversidad casuística que se puede dar entre los usuarios de las aplicaciones. El Proveedor Tecnológico debe contar con recursos suficientes a nivel de comunicaciones, un call center automatizado, técnicos suficientes para los momentos de mayor actividad de consultas, diversos medios tecnológicos para dar solución a las consultas o dudas surgidas por el usuario (teléfono, fax, correo electrónico, sesiones remotas). El servicio de consultas también debe contar con el personal adecuado para la generación de la documentación tan importante y necesaria como soporte a los programas (ayudas, manuales, guías, blogs, seminarios, videos, etc ).

El servicio de formación se hace también necesario, sobre todo en la fase inicial de implantación del software, en cambios de personal en la Asesoría, o cuando los cambios en los programas son lo suficientemente importantes como para realizar una formación específica. El proveedor tecnológico debe contar con el personal cualificado para dar esta formación, e impartirla según el caso, de forma presencial o mediante webinarios. 

Otros servicios que también se deben considerar a la hora de seleccionar el Proveedor Tecnológico idóneo, es que tenga un servicio de Asesoramiento y Consultoría en Protección de Datos, teniendo en cuenta la cantidad y variedad de datos que el Asesor maneja como encargado de tratamiento, siendo estos datos de distintos responsables de ficheros, y datos de distintos niveles (bajo, medio y alto).

Y también es destacable que el Proveedor Tecnológico cuente con su propio servicio de Hardware y Mantenimiento de Sistemas Informáticos, nadie como el propio desarrollador de software, puede dar un servicio tan eficiente en esta área, porque nadie como él sabe la configuración, y los niveles de seguridad que deben tener los servidores, puestos de trabajo, o equipos remotos que un Asesor de Empresas tiene en su Asesoría.

Manuel Martínez Álvarez
Director General

viernes, 12 de septiembre de 2014

Software para Asesores de Empresas (parte II)

Software de uso más innovador:

En este segundo apartado se incluyen aquellas aplicaciones que poco a poco el asesor va incluyendo como una necesidad, y que hasta hoy solo aquellos asesores que se pueden denominar como líderes en innovación ya tienen en su mecánica de trabajo.

§ MAESTRO DE CLIENTES: una de las ineficiencias que tienen los Asesores de Empresas en su sistema informático, es el uso de aplicaciones de distintos proveedores, lo que obliga a llevar bases de datos de clientes independientes, forzando a los usuarios a duplicar información de un mismo cliente tantas veces como aplicaciones se tengan instaladas, con la posibilidad de errores u omisión de información en algunas de las aplicaciones. Por otro lado algunos Asesores de Empresas trabajan en cada uno de sus departamentos como islas independientes, es decir que tratan la información de forma separada, y los usuarios de cada departamento son responsables de la información en sus respectivas aplicaciones. Teniendo en cuenta ambas cosas, la tendencia en innovación en este aspecto es que las aplicaciones permitan pero no obliguen la integración de la base de datos de clientes, y sea el propio Asesor quien de una forma sencilla pueda activar o desactivar la integración de dicha base de datos en las aplicaciones que desee y en cualquier momento, sin que ello signifique proceso traumáticos para los usuarios o con pérdidas de información.

§ COPIAS DE SEGURIDAD: uno de los activos más importantes que maneja una Asesoría de Empresas son los datos de todo tipo que trata de todos y cada uno de sus clientes, es por ello que es de vital importancia la copia de seguridad. Son muchos los métodos de copias de seguridad que los Asesores utilizan, copias a discos duros, a discos externos, a discos usb, a cintas, o cds, dvds etc, todas ellas pecando de algún que otro defecto, bien sea de lentitud, de seguridad, de incumplimiento normativo, o bien de facilidad de ejecución. Las copias de seguridad en cloud o en la nube, es un sistema que poco a poco están empezando a imponerse entre los Asesores de Empresas al igual que el resto de empresas, al ir desapareciendo el miedo a que los datos estén fuera de los locales de la propia empresa.

Las copias de seguridad tiene las siguientes ventajas:
  • Sistema con un bajo coste, que permite contratar solo el espacio en disco necesario para las copias, e ir escalando para ampliar o reducir el espacio.
  • Copia de seguridad fuera de la empresa, con lo que se cumple la normativa al efecto sobre la Protección de Datos.
  • Programación ágil y sencilla de la tarea de la copia se seguridad, para que la copia se realice sin intervención manual de forma diaria, semanal, o mensual, y en horas de inactividad laboral, por lo que no interrumpe el trabajo a los usuarios.
  • Sistema seguro y cifrado de los datos.
  • Fácil recuperación de los datos desde cualquier sitio y a cualquier hora.
  • Información detallada enviada por correo electrónico al usuario, del buen fin, o de cualquier incidencia, en la tarea de copia de seguridad.


Hay otra gran ventaja que ofrecen solo algunos software de copias de seguridad en la nube, y es antes de la copia, hacer una validación de las bases de datos, lo que proporciona la seguridad de que las bases de datos que se están copiando están libres de errores. Esta funcionalidad solo la puede ofrecer el propio proveedor de las aplicaciones software.




§ GESTIÓN DOCUMENTAL: de una forma resumida podemos decir que la Gestión Documental, es un conjunto de normas y prácticas que se usan para administrar y gestionar el flujo del gran número de documentos de todo tipo que entran, se generan y salen en una Asesoría de Empresas. Para ello es importante que la gestión se haga mediante un software especializado en la Gestión Documental y dirigido específicamente para la Asesoría de Empresas. Este en un tipo de software que cada vez se está utilizando más en los Despachos Profesionales. Este tipo de software debe permitir la entrada de documentos en la Gestión Documental, mediante una digitalización o escaneo simple de cada uno de los documentos, mediante una digitalización masiva de documentos, directamente mediante la exploración de documentos, o bien mediante la integración de documentos que se generan en otras aplicaciones. Esta digitalización debe tener la opción de digitalización y categorización inteligente mediante OCR, para que automáticamente cada documento se archive en su carpeta correspondiente de cliente, departamento y/o asunto, así como la asignación de palabras claves para su posterior búsqueda. Otras ventajas adicionales son: la búsqueda rápida de documentos por nombre de documento o por palabras clave, evitando que el usuario tenga que desplazarse de su puesto de trabajo en busca del documento físico, la posibilidad de compartir documentos entre los usuarios, la creación de versiones de un mismo documento, añadir notas a un documento, visualización previa del documento por pantalla, envío por correo electrónico del documento a los clientes, reducción del archivo físico, una ventaja a nivel ecológico porque reduce la  manipulación del papel impreso, y la posibilidad avanzada y de forma segura mediante Internet de compartir documentos directamente con los clientes.

§ GESTIÓN INTERNA DE TAREAS, AGENDA, Y COMUNICACIONES INTERNA: son muchas las tareas internas que se realizan en una Asesoría de Empresas a lo largo de un día de trabajo, cuyo rastro se pierde, tanto en la memoria de quienes la realizan, como a nivel testimonial e informativo dentro de la Asesoría. Solo aquellos Asesores de Empresas más innovadores, pueden hacer un seguimiento y una estadística de todas las tareas que realizan a cada uno de sus clientes, así como los usuarios que las han realizado, y no es un tema baladí, todo lo contrario, es una información muy valiosa a la hora de reclamaciones por parte de los clientes, o a la hora de plantear unas cuotas más equitativas según las tareas realizadas a cada cliente, y una visión general de la carga de trabajo de la propia Asesoría. Para llevar a cabo esta función es necesario el apoyo de una aplicación informática, en la que de una forma ágil y eficiente, se puedan ir cargando manual o automáticamente las tareas, actividades, o campañas periódicas que cada usuario realiza a cada cliente en particular. En esta carga además de los datos del usuario que realiza la tarea, y el cliente, debe dar la posibilidad de adjuntar documentos, de incluir horas de inicio y fin de la tarea, notas u observaciones, y seguimiento de la tarea. Esta Aplicación Software de Gestión Interna, debe tener incluido una Agenda de Tareas/Eventos/Visitas a nivel personal, departamental, o General de toda la Asesoría. También sería interesante que tenga una Gestión de Correos Internos, entre los usuarios de la Asesoría, para comunicaciones internas y relacionadas con la base de datos de clientes, evitando así las típicas notas en papel o los ya tradicionales pósits.

§ GESTIÓN DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS: desde la aprobación reglamentaria de la recepción de las Notificaciones Obligatorias de la AEAT, Seguridad Social, y otras Administraciones de forma electrónica, los Asesores de Empresas han ido tomando posición al respecto, en primer lugar de rechazo a ser ellos los receptores autorizados de las notificaciones electrónicas de sus clientes. Sin embargo el hecho de que dichas notificaciones abran la posibilidad a un tercero autorizado, está haciendo cambiar la postura de los Asesores, a verlo como una oportunidad más de servicio y de fidelización de sus clientes. No cabe duda que la recepción de las notificaciones en las propias plataformas de las distintas administraciones, o en la plataforma 060, es un consumo de recursos en tiempo importante, y una fuente de posibles errores, es necesario para ello la adquisición de estos software de reciente aparición en el mercado. Un Software que gestione las Notificaciones Electrónicas, debe avisar de forma inmediata al asesor de que alguno de sus clientes tiene alguna notificación pendiente de descargar, debe realizar la descarga de forma masiva de todas las notificaciones pendientes de sus clientes, deber permitir la descarga de las notificaciones con los certificados electrónicos de sus clientes, o bien con el propio certificado del asesor siempre que tenga autorización de sus clientes para hacerlo, también debe permitir hacer un seguimiento ágil de las notificaciones, adjuntar documentos, enviar a los clientes notificados por correo electrónico los distintos documentos adjuntos a la notificación, y crear tareas afines a la notificación para fechas futuras, todo ello integrado en la propia base de datos común de clientes.






CAI Sistemas: Software para Asesores§ GESTIÓN DE E-MAILS, LLAMADAS TELEFÓNICAS, Y VISITAS: otra información de vital importancia y que no se gestiona en la Asesoría de Empresas de forma global, es el envío y recepción de los correos electrónicos que se envían a clientes, organismos oficiales, proveedores, colaboradores, etc. Por regla general cada usuario guarda en su propio equipo los mails propios que ha enviado o recibido, teniendo por tanto el Asesor informaciones parciales de cada usuario. Un programa de gestión de e-mails, debe recoger la información de todos los e-mails y de todos los puestos de trabajo, para consultar de forma global los distintos correos que se enviaron o recibieron de cada remitente, pudiendo seleccionar o filtrar los e-mails por cliente, usuario, fechas, etc, y permitiendo el seguimiento de información y datos que son clave o de vital importancia para el Asesor de Empresas. Este mismo software debiera llevar el seguimiento de las visitas realizadas a clientes, o recibidas en el propio despacho, con una descripción detallada de fecha, hora, persona que atendió al cliente y motivo de dicha visita. Y lo mismo para las llamadas telefónicas, es de sobra sabido que una gran parte del tiempo de los Asesores de Empresas o sus empleados lo consumen en atención a los clientes de forma telefónica, al igual que pasa con los e-mails, toda esa información tan importante se pierde, no quedando rastro de a qué clientes y en qué fechas se ha contactado con ellos, incluso con una breve o ampliada descripción del motivo de la llamada y tiempo de cada una de estas llamadas. Un software específico de gestión de llamadas, que sustituya o se integre con la propia centralita, permite hacer un seguimiento de las llamadas telefónicas, que a veces puede evitar al Asesor de ciertos apuros, y permite de forma estadística saber picos de llamadas telefónicas atendidas, tanto en fechas como en horas, como en clientes y usuarios.

§ INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN CON CLIENTES: es evidente que entre Asesor y Clientes, se intercambia mucha información: datos económicos del cliente, datos de trabajadores, impuestos, notificaciones, facturas, y documentos de muchos tipos, por lo general toda esta información hasta la fecha se está moviendo en papel, e-mail, o telefónicamente, para después el asesor mucha de esta información, introducirla en sus propios programas, que generan una serie de cálculos, y una serie de resultados, que el propio asesor muchas veces devuelve a sus clientes en papel. Es una información de ida y vuelta y por lo general utilizando el más que sufrido A4. En una era digital y en pleno siglo XXI, el Asesor de Empresas, empieza a subirse al carro de la innovación, y aprovecharse de internet y de sus ventajas, para el intercambio de información de todo tipo con sus clientes. Distintos software están ya en el mercado, que permite el intercambio de información mediante la web, entre Asesor y Cliente. 

Las funcionalidades mínimas que debe tener este tipo de Software son:

  • Web, personalizada para cada uno de sus clientes.
  • Entrada segura mediante clave y contraseñas para cada cliente.
  • Introducción por parte del cliente de datos de facturas, de datos laborales, o cualquier otro tipo de datos que sea importante para el asesor.
  • Importación directa de dichos datos sin intervención manual, en las aplicaciones del Asesor.
  • Gestión documental compartida entre Asesor y cliente.
  • Generación automática de resultados que las propias aplicaciones del Asesor llevan a la carpeta de cada uno de sus clientes, para que éste de forma automática los pueda descargar.
  • Correos electrónicos directos entre Asesor y Cliente.
  • Posibilidad de un mínimo ERP, para que el cliente del asesor pueda generar y emitir sus propias facturas.


§ DIGITALIZACIÓN Y REGISTRO DE FACTURAS: la digitalización, registro, y contabilización automática de facturas, no se puede considerar como una aplicación innovadora a fecha de hoy, hace ya algunos años que este tipo de aplicaciones se anuncia en el mercado a bombo y platillo, hecho que parece pierde fuerza debido sobre todo a que las aplicaciones de Contabilidad ya permiten la digitalización de facturas, a que no se reduce tiempo en el registro y contabilización de facturas respecto a hacerlo manualmente desde un programa eficiente de Contabilidad, que en la digitalización se generan bastantes errores en el reconocimiento de los datos a la hora de registrarlos o contabilizarlos, sobre todo si se maneja muchos tipo de modelos de facturas, y que su coste en algunos casos es bastante elevado. A pesar de todo ello, es un tipo de aplicativos que está en el mercado, que no tienen muchos Asesores de Empresas, y que para algún tipo específico de Asesor le puede ser útil.




CAI Sistemas: Software para Asesores

§ GESTOR DE APLICACIONES: el escritorio de un usuario en una Asesoría de Empresas, es como un puzle con muchas piezas y figuras distintas, que continuamente crece y crece de forma anárquica y sin orden alguno, según se van instalando nuevos programas, o nuevas versiones por apertura de nuevos años, con lo cual la búsqueda de un icono para ejecutar un programa es a veces una tarea tediosa. Algunas Empresas de Software, van desarrollando para sus clientes un Gestor de Aplicaciones para hacer esta tarea mucho más sencilla, es una aplicación que los Asesores de Empresas agradecen, y cada vez utilizan más. Un buen Gestor de Aplicaciones para un Asesor, debe proporcionar al usuario una administración propia y adaptada a los programas que tiene instalados, y a su forma de trabajar, pudiendo de forma sencilla poner en la pantalla principal aquellas aplicaciones que se utilizan más a menudo, y en pantallas secundarias el resto de aplicaciones, pero todo ello a gusto y necesidad del propio usuario. Asimismo el Gestor de Aplicaciones, debe ser una ventana de comunicación directa entre Usuario y Proveedor de Aplicaciones, para avisos de cualquier tipo, como pueden ser nuevas versiones, alarmas de incidencias, fechas de eventos, etc.


Manuel Martínez Álvarez
Director General

viernes, 25 de abril de 2014

Evolución de los Sistemas Operativos Windows

Hace ya casi cuatro décadas algo llamado Microsoft "inventó" una novedosa forma de trabajar llamada Windows (ventanas) y  revolucionó el sistema de trabajo en lo que hasta entonces  se llamaban microordenadores y lo que ahora llamamos PC (Personal Computer).

En los años 80 nace MS‑DOS que significa "Microsoft Disk Operating System" y descubrimos “C:” y una barra invertida “\” que aún actualmente sigue siendo una constante casi diaria. 

En esos mismos años nace el peculiar y novedoso Windows 1.0 que no alcanza su madurez hasta la versión 3.0 o 3.1 para trabajo en grupo.  Este S.O. (Sistema Operativo) revolucionará nuestra forma de trabajar drásticamente y se nos muestra un nuevo concepto “la multitarea” donde es posible  alternar entre varios programas sin tener que salir de ellos y reiniciarlos de manera individual; será esta una de las muestras más evidentes de la evolución a la hora de encender nuestro ordenador.  Los menús desplegables, barras desplazables, iconos y cuadros de diálogo nos facilitan el aprendizaje y el uso de los programas.

Microsoft lanza al mercado Windows 95 a mediados de los años 90, que marca un récord de ventas con 7 millones de copias durante las primeras cinco semanas. Es el lanzamiento más publicitado que Microsoft jamás ha realizado. Los anuncios de televisión presentaban a los Rolling Stones cantando "Start Me Up" con imágenes del nuevo botón "Inicio". El comunicado de prensa comenzaba con un simple "Ya está aquí".

Es la era de los fax/módems, del correo electrónico, del nuevo mundo online y de los deslumbrantes juegos multimedia y el software educativo. Windows 95 tiene compatibilidad integrada con Internet, conexión de red por acceso telefónico y nuevas funciones Plug and Play que facilitan la instalación del hardware y software. El sistema operativo ofrece, además, funciones multimedia mejoradas, características más eficaces para equipos informáticos móviles y redes integradas. Los  sistemas operativos Windows y MS‑DOS anteriores se ejecutaban en aproximadamente el 80% de los equipos del mundo. En Windows 95 aparecen por primera vez el menú "Inicio", la Barra de Tareas y los botones para Minimizar, Maximizar y Cerrar ventanas, todo esto sería mejorado en sus versiones Windows 98, el poco satisfactorio Windows Milleniun y el querido Windows XP. 

Como nota importante sería la aparición de nuestro gran amigo USB (Universal Serial Bus).Para Microsoft, Windows XP se convertirá en uno de los productos de mayor venta en los años venideros. Es rápido y estable. La navegación en el menú "Inicio", en la Barra de Tareas y en el Panel de Control es más intuitiva. Se incrementa la preocupación (y concienciación) por los virus y los piratas informáticos, pero en gran medida los temores se disipan gracias a la posibilidad de realizar actualizaciones de seguridad online. Los usuarios comienzan a entender las alertas sobre datos adjuntos sospechosos y virus. Se pone más énfasis en la Ayuda y la Asistencia Técnica.

A principios de la década de los años 90, los entendidos del sector tecnológico hablan de Internet (una red de redes con el poder de conectar equipos en todo el mundo). En 1995, Bill Gates publica un memorando titulado "La ola de Internet" y califica a Internet como "el desarrollo más importante desde la llegada de los equipos informáticos".

En el verano de 1995, se publica la primera versión de Internet Explorer. Este navegador se une a los que ya competían por hacerse un lugar en la World Wide Web. Todo hasta ahora se basaba en trabajo en grupo, redes basadas en compartir recursos simples hasta que salieron los sistemas más avanzados como Windows NT en sus versiones Workstation y Server donde ya descubrimos la potencia de estos sistemas con los nuevos Kernel (núcleo del sistema operativo).

En los años sucesivos y después de Windows NT y Windows 2000 donde se distinguen dos tipos de software, uno dedicado a servidores y otro a clientes, puestos de trabajo o particulares nos ofrecen la evolución, Windows Vista y Windows 7, donde la vida inalámbrica y la conectividad es la nota predominante.  En lo relativo a servidores nos ofrecen Windows 2003, 2008 y 2012. Microsoft conserva la política de sacar un sistema operativo cliente cada 3 años y uno de servidor cada 4.
Windows 7 incorpora nuevas formas de trabajar con ventanas (como Ajustar, Inspeccionar y Agitar), que mejoran la funcionalidad y hacen que la interfaz sea más divertida de usar. También marca el debut de Windows Touch, la tecnología táctil que permite a los usuarios navegar por Internet, desplazarse por las fotos y abrir archivos y carpetas en pantallas táctiles.

En 2013 Windows 8 es un sistema operativo completamente renovado, desde el conjunto de chips hasta la experiencia del usuario. Incorpora una interfaz totalmente nueva que funciona a la perfección con funciones táctiles y con el ratón y el teclado. Actúa como una tableta para el ocio y como un equipo con todas sus funciones para el trabajo. Windows 8 también incorpora mejoras en el conocido escritorio de Windows, como una nueva Barra de Tareas y un Sistema de Administración de Archivos optimizado. Windows 8 dispone de una pantalla de inicio con iconos que permiten conectar con las personas, los archivos, las apps y los sitios web. Las apps ocupan un papel protagonista; por ello, desde la pantalla "Inicio" puede accederse directamente a un nuevo lugar donde conseguirlas: la Tienda Windows.  Con Windows 8, Microsoft publica también Windows RT, que se ejecuta en algunas tabletas y PCs. Windows RT se ha diseñado para dispositivos ligeros y para una mayor duración de la batería. Ejecuta exclusivamente apps de la Tienda Windows. Se distribuye con una versión integrada de Office optimizada para las pantallas táctiles.

Y a día de hoy esperamos la siguiente evolución con impaciencia…


José  Luis Iglesias Pérez
 Dpto. Sistemas Informáticos

martes, 25 de febrero de 2014

Instrucciones para cumplimentar el nuevo modelo 303 (parte I)

Iniciamos una serie de artículos donde vamos a explicar cómo cumplimentar el nuevo modelo 303.

Identificación


CAI Sistemas Software para Asesores de Empresa

La primera parte del modelo, junto con los datos identificativos del sujeto pasivo, incluye una serie de casillas que informan de determinadas situaciones del mismo. Son bastantes descriptivas por lo que sólo nos centraremos en las que podrían generar más dudas:
  • “Fecha en que se dictó el auto de declaración de concurso”, esta casilla solo debe rellenarse si el sujeto pasivo ha sido declarado en concurso de acreedores en el período al que corresponde la autoliquidación (por ejemplo, sólo se rellenaría en el primer trimestre si el auto de declaración del concurso fuera dictado entre el 01 de enero y el 31 de marzo del ejercicio correspondiente).
  • En relación a las casillas “Preconcursal” y “Postconcursal”, donde ocurriría lo mismo que en la casilla anterior, debemos tener en cuenta que el modelo que tenga la marca “Preconcursal” incluirá las operaciones devengadas hasta la fecha informada en el apartado anterior y, el que tenga la marca “Postconcursal”, incluirá las operaciones devengadas desde esa fecha. 
  • La marca SI en las casillas “Opción por la aplicación de la prorrata especial…” y “Revocación de la opción por la aplicación de la prorrata especial…” sólo tendrá efecto en el cuarto trimestre (ó en el mes 12, en caso de periodicidad mensual).

Liquidación. Régimen general. IVA devengado
Este apartado lo cumplimentarán aquellos sujetos pasivos que antes presentaban el modelo 303, el 370 o el 371.

CAI Sistemas Software para Asesores de Empresa

Existen importantes diferencias con el anterior modelo 303 que deben ser tenidas en cuenta antes de confeccionar el modelo. Para hacer una exposición más clara describiremos cada grupo de casillas haciendo referencia a las diferencias con campañas anteriores:
  • Casillas 01 a 09 (“Régimen general”): bases imponibles gravadas, en su caso, a los tipos del 4%, 10% y 21%, el tipo aplicable y las cuotas resultantes correspondientes a operaciones interiores en las que no haya inversión del sujeto pasivo.

    Estas casillas ya no incluirán ni bases ni cuotas rectificadas (facturas rectificativas). Además, las casillas 02-05-08 (Tipo %) sólo admitirán los valores 4, 10, 21, por lo tanto desaparece la posibilidad de incluir el tipo resultante del cociente entre la cuota y la base imponible declarada o cualquier tipo impositivo no vigente.

    Si el declarante tiene que incluir una base y cuota de un tipo impositivo no vigente o una factura rectificativa deberá hacerlo en las casillas 14-15.

    Resumiendo, podríamos decir que se incluyen todas las facturas que el sujeto pasivo haya emitido a sus clientes o deudores a los tipos 4, 10 ó 21 y que no rectifiquen ninguna factura previa.
  • Casillas 10 y 11 (“Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios”): se harán constar las bases imponibles gravadas correspondientes al total de adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios realizadas en el período de liquidación, y la cuota resultante.

    Al fin el modelo 303 refleja la información en consonancia con el modelo 349, incluyendo tanto las adquisiciones de bienes como las de servicios.

    Por lo tanto incluiremos todas las facturas recibidas que provengan de un operador intracomunitario de otro Estado miembro por las que el sujeto pasivo haya tenido que autorrepercutirse IVA. Este apartado tampoco incluirá las facturas rectificativas.
  • Casillas 12 y 13 (“Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo”): se consignarán las bases imponibles y de las cuotas devengadas en el periodo de liquidación por inversión del sujeto pasivo (artículo 84. Uno. 2.º y 4.º de la Ley del IVA) cuando tengan su origen en operaciones distintas de las consignadas en las casillas 10 y 11.

    En anteriores campañas, estas operaciones se incluían en las casillas del “Régimen general”.
  • Casillas 14 y 15 (“Modificación de bases y cuotas”): se hará constar con el signo que corresponda la modificación de bases imponibles y cuotas de operaciones en las que concurra cualquiera de las causas previstas en el artículo 80 de la LIVA (Artículo 24, apartado 1 y 2 del RIVA), así como cualquier otra modificación de bases y cuotas (Artículo 24, apartado 3 del RIVA).

    En estas casillas irán por tanto, todas las facturas rectificativas y, en general, cualquier factura emitida por el sujeto pasivo con un tipo impositivo no vigente.
  • Casillas 16 a 24 (“Recargo de equivalencia”): se harán constar las bases imponibles gravadas, en su caso, a los tipos del 0,5%, 1,4%, 5,2% y 1,75%, el tipo aplicable y el recargo resultante.

    Estas casillas ya no incluirán las bases ni recargos rectificados (facturas rectificativas). Las casillas 17-20-21 (Tipo %) sólo admitirán los valores 0,5, 1,4, 5,2 y 1,75, por lo tanto desaparece la posibilidad de incluir tipo resultante del cociente entre el recargo y la base imponible declarada y cualquier recargo no vigente (1 ó 4).

    Si el declarante tiene que incluir una base y recargo no vigente deberá hacerlo en las casillas 25-26.

    Resumiendo, podríamos decir que se incluyen todas las facturas que el mayorista haya emitido a sus clientes o deudores con los recargos 0,5, 1,4, 5,2 y 1,75 y que no rectifiquen ninguna factura previa.
  • Casillas 24 y 25 (“Modificación de bases y cuotas del recargo de equivalencia”): contenido semejante a las casillas 14 y 15 pero relativo a recargos.

Ana Docabo Madriñán
Responsable Dpto. Fiscal