viernes, 14 de septiembre de 2018

Sistema RED para autónomos. Obligatorio desde el 1 de octubre

Alta Sistema Red: novedades autonomosSi eres trabajador por cuenta propia o autónomo, prepárate, porque desde el día 1 de octubre, tienes que estar de alta en el Sistema RED de la Seguridad Social. Con esta novedad, quedas obligado a realizar tus gestiones a nivel laboral por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones.

Vamos a ver dentro de este colectivo quienes están específicamente obligados por la Orden Ministerial que regula esta novedad.

¿Quien está obligado a estar de alta en el Sistema RED?
  • Los trabajadores autónomos por cuenta propia.
  • Trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA).
  • Los trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

¿Qué gestiones a nivel laboral, estás obligado a realizar por el sistema RED para autónomos?
  • Primero, tendrás que realizar por vía electrónica, todos los trámites referentes a la afiliación, cotización y recaudación de cuotas.
  • Segundo, tendrás que recibir mediante comparecencia en SEDESS, las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social. Desde ahí podrás consultarlas y firmarlas.

¿Cómo puedes realizar todas estas gestiones telemáticas?
Tienes  dos maneras y las dos muy sencillas. La Seguridad Social te permite utilizar  cualquiera de ellas,  así que analiza tu situación y escoge la que más te convenga:
  • Acogerte a este Sistema RED y gestionar tus trámites a través de un autorizado Red. Éste actuará en tu representación. Si entras en la Sede Electrónica de la Seguridad Social encontrarás cómo puedes realizar asignación o desasignación del Número de Afiliación (NAF) del trabajador autónomo a un autorizado RED.
  • O directamente hacer uso de los servicios electrónicos disponibles en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). Al ser trabajador autónomo y estar obligado a estar de alta en el Sistema RED, podrás realizar tú mismo los trámites que necesites accediendo directamente a la sede electrónica.
Sistema Red: tramites autonomos obligatorios
Sede Electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social

 ¿Qué necesitas tener para poder acceder a los servicios de la Sede Electrónica de la Seguridad Social?
Debes disponer de un sistema de autentificación que garantice tu identidad. Puedes elegir entre cualquiera de los 3 sistemas que en la actualidad están disponibles:

1 - Certificado electrónico. Quizá el más útil y cómodo de los tres. Tiene múltiples utilidades:
DNI electrónico: acceso a Sistema Red
Documento Nacional de Identidad
2 - DNI electrónico. Tiene las mismas utilidades que el certificado electrónico, pero tiene un inconveniente y es que necesitas un lector. Bien un lector con contacto (lector de teclado, lector USB o lector PCMCIA), o un lector sin contacto (NFC: que permite el intercambio de datos contacless).
3 - Sistema Cl@veLas dos modalidades con las que puedes operar en el Sistema Cl@ve son:
  • Cl@ve PIN. Esta clave es aconsejable solicitarla si quieres acceder a los servicios de la Sede Electrónica, porque necesitas realizar una gestión laboral de forma puntual. La recibes por SMS y tiene una validez determinada.
  • Cl@ve Permanente. Esta clave es aconsejable si accedes a los servicios de manera habitual. Es una contraseña elegida por ti, y con una validez duradera en el tiempo pero limitada.
Acceso Sistema Red: sede electrónica TGSS
Cl@ave: identidad electrónica para las Administraciones

¿Puedes obtener el Certificado electrónico en las Oficinas de la Seguridad Social?
Alta sistema red: certificado digitalSí, aunque lo primero que tienes que hacer para poder obtener tu certificado electrónico es entrar en la página de CERES y obtener un código, que será necesario para acreditar tu identidad.

¿Y, dónde tienes que acreditar tu identidad?
Puedes acudir a las Administraciones  de Hacienda, previa solicitud de cita. Sin embargo La Seguridad Social, te lo pone aún más fácil por ser trabajador autónomo. Puedes personarte en cualquiera de la red de oficinas de la Seguridad Social, sin cita previa, y acudir con el código que has obtenido en la página CERES y con tu DNI. Lo bueno es que este certificado electrónico tiene una validez de 4 años.

Ten en cuenta que no vas a recibir por correo postal una comunicación donde seas informado de esta nueva obligación, así que no esperes más y comienza con los trámites.

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